Sentencia contra el canon digital

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SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

El tribunal de la UE anula el 'canon digital' español

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha emitido una sentencia en la que anula el conocido como 'canon digital' español. El órgano comunitario entiende que el sistema español "no asegura que el coste de la compensación equitativa solo sea sufragado por usuarios de copias privadas".

El Tribunal de Justicia de la UE ha tumbado el sistema español de compensación por copia privada o canon digital, aprobado por el Gobierno del PP, al estimar que colisiona con la directiva comunitaria sobre derechos de autor. La sentencia obligará a España a revisar este sistema aprobado en 2012 por el Ejecutivo de Mariano Rajoy. La vicepresidenta en funciones, Soraya Sáenz de Santamaría, ha asegurado que trabajarán "a pleno rendimiento" para hallar "una solución satisfactoria".

Santamaría ha dicho que trabajarán "a pleno rendimiento" para hallar "una solución satisfactoria"

Las entidades de gestión de derechos de autor que iniciaron el proceso contra el actual canon -EGEDA, DAMA y VEGAP- han celebrado el fallo, que consideran "un espaldarazo a la cultura", y han recordado que el Estado "tendrá que responder por los perjuicios causados", que calculan superiores a los 400 millones de euros. La máxima instancia judicial comunitaria entiende que el sistema español, que sustituyó al que aprobó el PSOE, "no asegura que el coste de la compensación equitativa sólo sea sufragado por los usuarios de copias privadas".

Los jueces comunitarios explican que la actual compensación, con cargo a los presupuestos generales del Estado, está obligando a pagar a "todos los contribuyentes, incluidas las personas jurídicas", cuando solo debería ser sufragado por los usuarios de copias privadas. A su juicio, son exclusivamente las personas físicas "quienes causan un perjuicio a los titulares de los derechos y tienen la capacidad de efectuar reproducciones de obras". Las personas jurídicas, por tanto, "no deberían ser en último término deudoras efectivas" del canon digital, independientemente de si este está sufragado mediante una tasa sobre los dispositivos o con cargo a los presupuestos generales, según el Tribunal de Justicia de la UE.

EGEDA, DAMA y VEGAP recurrieron el canon del PP ante el Tribunal Supremo al considerar que era contrario a las normas europeas, por costear esa compensación con el presupuesto estatal, en lugar de exigir que sea el usuario de la copia privada quien la pague. Y el Tribunal español consultó al de Luxemburgo. Ahora el Gobierno en funciones esperará al pronunciamiento último del Supremo, antes de tomar cualquier medida de reforma del ordenamiento jurídico interno, según ha recordado a través de un comunicado del ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Sáenz de Santamaría ha precisado que se trabajará en "una solución que sea satisfactoria para todos y plenamente cumplidora del derecho comunitario".

EGEDA, DAMA y VEGAP recurrieron el canon del PP ante el Tribunal Supremo

La Asociación para el Desarrollo de la Propiedad Intelectual (ADEPI), que agrupa a las principales entidades gestoras de derechos de autor, apuesta por utilizar "el modelo vigente en casi todos los países europeos" y reclama que se compense "la enorme diferencia que existe entre el importe que se ha estado pagando y el que se debería haber pagado". El director de EGEDA Rafael Sánchez ha recordado que la Secretaría de Estado de Cultura decidió en 2012 "de forma unilateral" que el canon se sufragase con los presupuestos generales del Estado "creando un impuesto indiscriminado para todos los españoles y aumentando el déficit público". Sánchez ha advertido de que el fallo europeo no solo cuestiona el actual modelo sino también la reciente reforma de la Ley de Propiedad Intelectual que, en materia de copia privada, contaba con el informe contrario del Consejo General del Poder Judicial y el Consejo de Estado.

El ministerio, por su parte, ha recordado que cuando se aprobó el Real Decreto-ley de compensación por copia privada, "ya se indicó que se trataba de un sistema transitorio hasta tener una directriz clara por parte de la Unión Europea". "Con ese sistema -ha añadido- se regularizaba una situación de inseguridad jurídica, desencadenada a raíz de la sentencia 'Padawan' de 2010, que declaraba fuera de la legalidad" el sistema vigente en aquel momento, por el que se cobraban tasas indiscriminadas por cada aparato o soporte reproductor. El Gobierno anterior, añade la nota, "no quiso acometer la reforma, que se le requirió incluso por moción aprobada en Cortes, generando incertidumbre tanto en los ciudadanos como en la industria cultural".

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