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DIO UNA PATADA A LERMA EN LA ESPALDA
Competición sanciona con dos partidos a Marcelo por su expulsión ante el Levante
El Comité de Competición ha sancionado con dos partidos a Marcelo por su expulsión en el 89' de partido ante el Levante. El lateral madridista vio la roja por una patada en la espalda a Lerma y la resolución es tajante: "Es una patada a un rival en la espalda, no estando el balón a distancia de ser jugado".
El Comité de Competición de la Federación Española de Fútbol (RFEF) sancionó con dos partidos al defensa brasileño del Real Madrid Marcelo Vieira, por su expulsión en el minuto 89 del partido de la tercera jornada de LaLiga ante el Levante.
El acta arbitral reflejó la expulsión de Marcelo por "dar una patada a un adversario en la espalda, no estando el balón a distancia de ser jugado", y los integrantes de Competición desestimaron las alegaciones del Real Madrid en defensa de su jugador, al no demostrar que exista error material manifiesto en el mismo.
"Nos encontramos ante una valoración diferente por parte del club alegante de un lance del juego, respeto a la realizada por el colegiado, sin que pueda prevalecer aquella sobre ésta, toda vez que se aprecia cómo el jugador golpea voluntariamente con sus piernas en la espalda del adversario", señaló el comité.
"El hecho se produce de manera violenta"
En su resolución, éste añadió que "es precisamente el mero hecho de producirse de manera violenta, sin un manifiesto ánimo agresivo y/o consecuencias lesivas, lo que permite tipificar los hechos como una infracción del artículo 123.2 del Código Disciplinario de la RFEF, merecedora de la sanción mínima de suspensión por dos partidos".
La sanción conlleva una multa accesoria para el jugador de 600 euros y otra de 700 para el Real Madrid. Por contra, el comité sí ha estimado las alegaciones del Levante en defensa de su jugador Alex Alegría, amonestado en el mismo partido (m.47) "por golpear de forma temeraria a un adversario en la disputa del balón".
"Tras el examen y consideración de las alegaciones remitidas por el Levante "se deduce la existencia de un error material manifiesto, único supuesto en el que procede dejar sin efecto las consecuencias disciplinarias de la amonestación impuesta", afirmó en su resolución.
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