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LA LETRADA MARÍA JOSÉ COBERO ALEGA QUE SE HAN VULNERADO LOS DERECHOS DEL MENOR
La defensa del menor condenado por la muerte de 'Jimmy' recurrirá la sentencia por ser "absolutamente injusta"
Un año y casi tres meses después de la muerte de 'Jimmy', el ultra del Deportivo de La Coruña, su caso sigue dando que hablar. La defensa del menor, que ha sido condenado con seis años de internamiento, anunció que recurrirá la sentencia de su defendido por ser "absolutamente injusta" por dos motivos. El primero, en relación al uso fraudulento del "testigo protegido" y el segundo por vulnerar el derecho del menor al atribuirle unos mensajes WhatsApp en los explicaba su intención de ir y participar en la pelea contra los radicales del Deportivo. Ambas peticiones fueron desestimadas y rechazadas.
La letrada del menor acusado por matar a Jimmy, María José Cobero, se mostró muy contundente y tajante acerca de la sentencia contra Álvaro. G.C. " El menor es inocente, y el fallo se basa en un testigo protegido cuyas declaraciones son falsas". De este modo, la defensa, que interpondrá el recurso en un máximo de cinco días hábiles, vuelve a alegar la invalidez del testimonio del testigo protegido al ser un "coimputado".
Según la sentencia, dictada el 10 de febrero, el juez ha expedientado al menor por ser el autor responsable de un delito de riña tumultuaria, un delito de tenencia ilícita de armas y un delito de homicidio al quedar probada su participación en la muerte de 'Jimmy' el 30 de noviembre de 2014.
Engaño con el testigo protegido
Una de las críticas más duras por parte de la defensa a la sentencia ha sido con el el empleo del testigo protegido. Según, la letrada Cobero se han vulnerado los derechos del menor por la inadecuada utilización del testigo protegido porque este está encausado dentro del procedimiento para mayores de edad.
60 horas prestaciones a la Comunidad
Al tercer menor acusado, J. P. C. N., autor responsable de un delito de riña tumultuaria, se le ha caastigaco con 60 horas de prestaciones en beneficio de la Comunidad, que se reemplazarán, en caso de que el menor no preste su consentimiento o las incumpla, por cinco permanencias de fin de semana en centro cerrado.
En el mismo fallo el juzgado declara también al menor expedientado I. D. C., quien no declaró durante el juicio, autor responsable de un delito de riña tumultuaria y de un delito de tenencia ilícita de armas y le impone un año de libertad vigilada.
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