Caso Negreira

Joan Laporta, exculpado en el caso Negreira al haber prescrito los pagos entre 2008 y 2010

La Audiencia de Barcelona concluye que los pagos realizados a Enríquez Negreira durante la primera presidencia de Joan Laporta han prescrito.

Joan Laporta ofrece explicaciones sobre el caso Negreira

Joan Laporta ofrece explicaciones sobre el caso NegreiraEfe

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La Audiencia de Barcelona ha decidido exculpar al actual presidente del Barça, Joan Laporta, y anular la investigación sobre su papel en el 'caso Negreira' al estimar que los pagos que se realizaron a José María Enríquez Negreira, exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA), entre 2008 y 2010 -durante la primera presidencia de Laporta- han prescrito.

En el auto de la sección 21ª de la Audiencia de Barcelona se estima el recurso presentado por Laporta y revoca la decisión del juez instructor de investigarle por los pagos del Barça a Negreira durante su anterior mandato.

Hace una semana, el pasado 24 de mayo, la sección 21ª de la Audiencia de Barcelona daba la razón a la Fiscalía y anulaba la imputación por cohecho del Barcelona FC en el 'caso Negreira', argumentando que Enríquez Negreira no tiene la condición de funcionario público, el requisito que se exige para que exista dicho delito.

El auto sostiene que cada presidente debe responder de los pagos durante su mandato

La sala tumba el argumento de la "autoría adhesiva" que sirvió al juez Joaquín Aguirre para imputar a Laporta -los pagos a Negreira son imputables no a cada junta directiva sino al FC Barcelona como persona jurídica investigada-, por la "falta de concreción" y de "elementos fácticos" que apuntan a esa figura jurídica.

Para la Audiencia de Barcelona, cada presidente del Barça "debe, en su caso, responder por los pagos indebidamente realizados durante el período en que ejercieron sus cargos, siendo la finalización de este" lo que debe marcar el inicio para contar el plazo de la prescripción.

Una vez descartado que se puedan imputar a Laporta el delito de cohecho y el de corrupción deportiva -en este segundo caso porque entró en vigor en 2010, una vez había finalizado su mandato-, los más graves que se le podrían atribuir son los de administración desleal continuado, con un plazo de prescripción de cinco años, argumenta la sección 21ª de la Audiencia de Barcelona.

En un comunicado, el FC Barcelona ha celebrado la resolución de la Audiencia de Barcelona, ​​"basada en un criterio riguroso y bien fundamentado", lo que permite al club mantener su convicción de que a través de la justicia "se podrá acreditar la absoluta inocencia". del club".

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