Fútbol
LaLiga recurrirá la resolución del CSD sobre Olmo y Pau Víctor: "No es conforme a derecho"
El organismo presidido por Javier Tebas estima que las medidas del Consejo Superior de Deportes van en contra de "la integridad de la competición".

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LaLiga ha reaccionado a la decisión del Consejo Superior de Deportes (CSD) de darle la razón al Barcelona y permitir la inscripción de Dani Olmo y Pau Víctor, y ha emitido un comunicado en el que considera que las medidas adoptadas por el CSD van contra "la integridad de la competición", a la vez que considera que "la resolución del CSD ignora la consolidada doctrina administrativa y judicial".
El organismo presidido por Javier Tebas anuncia que recurrirá la resolución del CSD que permite al Barcelona mantener la inscripción de Dani Olmo y Pau Víctor al entender que la decisión del CSD no se ajusta a derecho, aludiendo una serie de motivos que lo justifican.
En primer lugar, LaLiga explica que "la denegación del visado previo para la renovación de las licencias o para su nueva inscripción es un acto que resulta de la aplicación automática de las normas de inscripción de jugadores" y los acuerdos de la Comisión de Seguimiento del Convenio RFEF-LALIGA el pasado 4 de enero de 2025 "se limitaron a constatar la imposibilidad legal de tramitar nuevas licencias, ratificando, así, la aplicación literal del reglamento federativo", en el caso de ambos futbolistas.
"Las licencias de los dos jugadores expiraron de forma automática el día 31 de diciembre de 2024, al finalizar la duración de las mismas, pactada entre los Jugadores y el Club. Por tanto, en ningún caso es exigible un acto federativo de cancelación de las mismas", afirma LaLiga en un comunicado.
"La competencia del CSD en materia de licencias se limita a la revisión de actos de expedición o de denegación de las mismas, pero no a su cancelación ni a su extensión (art. 116.3.a y 117 LD) como sucede en el presente caso. Ello, atendiendo a las numerosas resoluciones judiciales dictadas e incluso a resoluciones dictadas por el propio CSD, que contraviene su doctrina previa, que confirman que se trata de materia no susceptible de revisión administrativa", señala el organismo presidido por Javier Tebas.
"La resolución del CSD ignora la consolidada doctrina administrativa y judicial según la cual la nulidad de pleno derecho debe ser manifiesta, por encontrarse la competencia expresamente encomendada a otro órgano (o a ninguno) y que no se da, cuando exista la necesidad de una previa interpretación jurídica para determinarla, ni cuando la normativa de aplicación no concreta a qué órgano corresponde la competencia", añade LaLiga.
"En este sentido, la legislación deportiva no atribuye la competencia en materia de visados previos y emisión de licencias a ningún órgano de las ligas profesionales y de las federaciones deportivas españolas y en la resolución del CSD no se realiza ni una sola mención a qué órgano interno de LALIGA o de la RFEF sería el competente, por lo que no puede concurrir una "incompetencia manifiesta" de la que se derive la nulidad de pleno derecho", sostiene LaLiga.
LaLiga sostiene que su actuación y la de la RFEF se limitaron a "la aplicación objetiva y literal de la normativa"
LaLiga defiende que la actuación llevada a cabo por su parte y por la RFEF "se ha limitado a la aplicación objetiva y literal de la normativa de aplicación a través de los órganos internos que tienen atribuidas dichas competencias y que vienen ejerciéndola de forma pacífica y consolidada en el tiempo".
El organismo presidido por Javier Tebas subraya "extraordinaria celeridad con la que se concedieron en escasas 24 horas las medidas cautelares solicitadas por el FC Barcelona y sus jugadores", a diferencia de lo ocurrido con el recurso, que el propio CSD ha resuelto "casi tres meses después de la interposición del Recurso, esto es, agotando el plazo máximo legal".
"Dichas medidas fueron adoptadas sin concurrir los presupuestos legales y garantías procesales, afectando con ello a la integridad de la competición. Contraviniendo, además, doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo y planteamientos que habían sido previamente establecidos por dos autos judiciales desestimatorios de medidas cautelares (en concreto, el auto de 23 de diciembre de 2024 dictado por el Juzgado de lo mercantil nº 10 de Barcelona y el auto de fecha 30 de diciembre del Juzgado de Primera Instancia nº 47 de Barcelona)", concluye el comunicado de LaLiga.
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