Juicio Rubiales
Luis Rubiales recurre su condena e insiste en que el beso a Jenni Hermoso fue un signo de "euforia"
La defensa del expresidente de la RFEF argumenta que el beso a la jugadora no puede ser un delito ya que no hubo ánimo sexual, además de sostener que fue consentido.

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Luis Rubiales ha recurrido la condena de 10.800 euros impuesta el pasado jueves 20 de febrero por el beso a Jenni Hermoso, un gesto que el juez José Manuel Fernández-Prieto considera en su sentencia un delito de agresión sexual en su forma más leve y que tuvo una "clara connotación sexual". Esos argumentos no son compartidos por la defensa del expresidente de la Federación Española de Fútbol (RFEF), que en su escrito de recurso sostienen que fue un signo de "euforia", pero nunca un delito porque no hubo ánimo sexual.
Olga Tubau, abogada de Luis Rubiales, argumenta que en un acto tan "ambivalente" como ese (el del beso), es necesario que haya ánimo sexual para atribuir ese delito, algo que, en su opinión, no se ha probado. La defensa de Rubiales considera que el magistrado de la Audiencia Nacional comete un "claro error" en la valoración de la prueba, cuestionando que el juez otorgara "plena credibilidad" a Jenni Hermoso.
Subraya la "inconsistencia" de la declaración de la jugadora y, una vez más, insiste en que el beso fue consentido, además de cuestionar de nuevo el comportamiento y las manifestaciones posteriores de Jenni Hermoso, de las que interpreta que son "absolutamente incompatibles" con ese delito. Y si esos argumentos tampoco son atendidos, la defensa de Rubiales acude en última instancia al principio de "in dubio pro reo": pide que se tenga en cuenta que existe una "duda razonable" sobre si el beso fue agresión sexual y, ante esa duda, expone, se debe absolver al acusado.
Hubo consentimiento y fue "una muestra de alegría", según la defensa de Rubiales
La defensa de Rubiales insiste en que Jenni Hermoso sí consintió -algo que el juez descartó y que la jugadora ha negado durante el procedimiento- si bien, aun en el caso de que se tuviese en cuenta esa falta de consentimiento, argumenta que no sería delito. Admite que la doctrina no exige que haya "ánimo libidinoso" en los delitos de agresión sexual, pero interpreta que esta exclusión operaría en actos de "inequívoca connotación sexual" y concluye que en este caso sí hubiera sido necesario reflejar ese ánimo en los hechos probados.
En su recurso, la defensa de Luis Rubiales califica lo sucedido como un "signo o muestra de alegría en un momento de efusión por la victoria del Mundial", el 20 de agosto de 2023 en Sídney, y niega la contradicción de Rubiales que subrayó el juez: primero dijo que preguntó por un "piquito" y después por un "besito". Según la defensa, no hay "ni una sola contradicción: él dijo no recordar el término que empleó.
Por último, cuestiona que el juez no haya dado credibilidad a la pericial de lectura de labios con la que Rubiales trató de acreditar que pidió permiso a Jenni Hermoso, o que haya concluido que "no se explica" por qué le dio el beso en la boca y no en las mejillas.
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