Caso Dani Alves

Qué significa 'in dubio pro reo', el principio jurídico por el que Dani Alves habría sido absuelto

Explicamos el principio jurídico penal que podría haber evitado que Alves cumpliera la condena de cuatro años y medio ¿Qué diferencia hay ente 'in dubio pro reo' y la presunción de inocencia?

Dani Alves testificando en el juicio por un delito de agresión sexual

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¿Por qué fue absuelto Dani Alves del delito de agresión sexual? Fue el pasado viernes 28 de marzo cuando el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) anuló la sentencia al considerar que no había pruebas suficientes para "superar los estándares que exige la presunción de inocencia", o lo que es lo mismo, las pruebas aportadas no eran lo suficientemente esclarecedoras para condenar al exfutbolista brasileño.

'En caso de duda, a favor del reo'

Y ante la duda en casos así se impone un principio jurídico conocido como 'in dubio pro reo', cuya traducción al castellano es 'en caso de duda, a favor del reo'. Por eso, en el Derecho penal se considera que toda persona es inocente hasta que se demuestre su culpabilidad, algo que, según el juez, no se ha conseguido probar. Por otra parte, es el juez y solo el juez el tenedor de la potestad para interpretar este principio jurídico. De hecho, las partes ni siquiera pueden invocar este principio, según 'Dexia Abogados'.

'Diferencia' con el principio de presunción de inocencia

También existe una diferencia entre 'in dubio pro reo' (principio jurídico penal) y el principio de presunción de inocencia, y es que este último es un derecho fundamental imperativo y de carácter público reconocido en el artículo 24.2 de la Constitución Española, y que dice algo así como "toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario". Se aplica desde el inicio del proceso penal.

Se aplica al final de un proceso judicial y solo decide el juez/tribunal

Por lo tanto, el principio 'in dubio pro reo' solo se puede aplicar cuando ha finalizado un proceso judicial y el juez o el tribunal tienen dudas acerca de la culpabilidad del acusado una vez se han valorado las pruebas de ambas partes, dicen en 'Dexia Abogados'.

¿Qué pasó en el caso Alves?

En lo referente al caso de Alves -juzgado por una presunta agresión sexual a una joven en una discoteca en 2022- el tribunal señaló en su escrito que existía una falta de fiabilidad en el testimonio de la denunciante.

"Si hay dudas, la justicia no puede resolver en contra del acusado"

Beatriz de Vicente, abogada penalista y colaboradora en Antena 3, arrojó un poco de luz horas después de que se conociese la absolución del brasileño y explicó los detalles por los que no se confirmó su condena de cuatro años y medio de prisión: "Creíble es algo que puede ser creído, pero lo fiable otorga seguridad porque se apoya en datos demostrables... Para absolver no hace falta que yo crea que es inocente, basta con que no me hayan demostrado que es culpable. Todo juicio es una lucha entre dos hipótesis: la de la exculpación y la de la culpabilidad. Si hay dudas, la justicia no puede resolver en contra del acusado".

Por ende y yendo a lo más concreto del caso: "La clave de este está en tres pruebas objetivas: grabaciones de cámaras, una prueba biológica y huellas dactilares", explica De Vicente. "Estos elementos no son acordes al relato de la denunciante". Por lo tanto, la Audiencia Provincial los interpretó en favor de la acusación, pero el TSJC aplicó el principio de presunción de inocencia. "La hipótesis exculpatoria no ha de ser probada; ha de ser probada la de la acusación", aclara.

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