Caso Negreira

El Real Madrid podrá personarse como acusación particular en el caso Negreira

La jueza que investiga el caso Negreira acepta que el Real Madrid se persone en la causa como acusación particular. En cambio, no admite la personación del Consejo Superior de Deportes.

Enríquez Negreira, a la izquierda, durante un partido en 1990

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Novedades en el 'caso Negreira' y los pagos que el Barcelona abonó al exvicpresidente del Comité Técnico de Árbitros, José María Enríquez Negreira, durante 17 años (2001-2018). La jueza del juzgado número 1 de Barcelona ha admitido la personación en el procedimiento del Real Madrid, pero no la petición como acusación particular o popular del Consejo Superior de Deportes (CSD).

La razón esgrimida por la magistrada Silvia López Mejías para permitir al Real Madrid personarse es que "en su condición de participante en la competición deportiva es titular del bien jurídico deportivo". Por contra, deniega al CSD personarse como acusación particular argumentando que "no tiene el concepto de víctima directa del delito, tal como lo regula el artículo 2 LEVD y los artículos 109 y 110 LECrim".

"Cabe concluir, por tanto, que el CSD es un Organismo de naturaleza meramente administrativa, con reconocimiento de competencias disciplinarias propias, instando la sanción de conductas que, caso de exceder los límites del ámbito puramente deportivo, deberán remitirse a la autoridad judicial o fiscal para que éstos sean quienes actúen", explica la jueza en su auto.

En su auto, la jueza explica que "es indiferente que corresponda a LA LIGA la organización de la competicion puesto que cualquier Club que participa en la misma tiene un interés directo en que no se produzcan actos de cualquier índole que supongan una manipulación deportiva de tal modo que se pueda producir la alteración ilegal del resultado de la competición y que supone una quiebra al principio de confianza e integridad que rige la competición".

Hace unos días el Barcelona había solicitado que se denegara al Real Madrid personarse en el caso Negreira como acusación particular, al estimar el club azulgrana que el club madridista no aportaba nada que sostuviera ese supuesto perjuicio. "No existe indicio alguno de alteración concreta de resultado", argunentaban los servicios jurídicos del Barcelona.

La jueza sí admite las personaciones del socio del Real Madrid, Luis José Sáenz de Tejada Vallejo; del socio compromisario del FC Barcelona, Pompili Roiger Juny, así como de la 'Associació per a promoció d'activitats socials i esportives 2004', que engloba al grupo de socios barcelonistas 'Un Crit Valent', todos ellos previa prestación de un fianza de 3.000 euros para el ejercicio de la acción popular.

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