El ministerio de Trabajo ha publicado una guía de recomendaciones para las empresas y trabajadores de cara a un posible caso de coronavirus dentro del entorno labonral.
Yolanda Díaz, ministra de trabajo, lanzó este documento incluyendo medidas preventivas para impedir el contagio en el trabajo. Una de ellas es que se debería paralizar cualquier actividad de la empresa si existe algún riesgo para los empleados por coronavirus.
De acuerdo con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, el Ministerio recuerda que cuando las personas trabajadores estén, o puedan estar expuestas, a un riesgo "grave e inminente" en su trabajo, la compañía deberá informar lo antes posible y adoptar medidas necesarias para que se pueda interrumpir la actividad y, si fuera necesario, "abandonar de inmediato el lugar de trabajo".
Estos son varios puntos de los que se incluyen en la guía de recomendaciones sobre el coronavirus:
1. Paralización de la actividad por decisión de la empresa
- Informar lo antes posible acerca de la existencia de dicho riesgo,
- En caso de peligro grave, inminente e inevitable, las personas trabajadoras puedan interrumpir su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato el lugar de trabajo.
2. Paralización de la actividad por decisión de las personas trabajadoras
- En caso de que la prestación de servicios en el centro de trabajo conlleve un riesgo grave e inminente de contagio por coronavirus (…) también las personas trabajadoras pueden interrumpir su actividad y abandonar el centro de trabajo.
- Las personas trabajadoras y sus representantes no podrán sufrir perjuicio alguno derivado de la adopción de las medidas a que se refieren los apartados anteriores, a menos que hubieran obrado de mala fe o cometido negligencia grave.
- La interpretación que debe darse a la "situación de riesgo grave e inminente" debe ser una interpretación restrictiva.
3. Medidas preventivas
- Medidas de salud pública (medidas higiénicas, de comportamiento, limpieza, etc).
- Proporcionar información sobre medidas higiénicas, como lavarse las manos con frecuencia, no compartir objetos, ventilación del centro de trabajo, y la limpieza de superficies y objetos.
Además de platear el teletrabajo para evitar contagios de coronavirus, que podría aplicarse por acuerdo colectivo o individual y que esto no suponga una reducción de derechos (salario, jornada -incluido el registro de la misma-, descansos, etc).
También incluye la actividad laboral en caso de peligro grave, inminente e inevitable de contagio, y abandonar de inmediato el lugar de trabajo. Es una de las medidas de la guía de actuación en el ámbito laboral publicada por el Ministerio de Trabajo en relación al coronavirus.