Cheque de la compra
Así puedes solicitar el cheque de la compra de 200 euros en la página web que Hacienda acaba de activar
Los beneficiarios de esta nueva medida cuentan con un mes y medio de plazo, entre el 15 de febrero y el 31 de marzo, para realizar la solicitud.
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En el nuevo paquete anticrisis aprobado por el Gobierno, en el que se encuentra la rebaja del IVA de los alimentos de primera necesidad, del aceite y de la pasta, también está el cheque de la compra con un valor de 200 euros. Esta ayuda está destinada para los más vulnerables, como ya explicó el presidente del Ejecutivo, Pedro Sánchez. Es decir, aquellas familias que no superen una renta de 27.000 euros anuales y que dispongan de un patrimonio inferior a los 75.000 euros, podrán ser beneficiarias de esta nueva ayuda.
¿Cómo solicitar el cheque de la compra?
El Ministerio de Hacienda, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, ha activado la página web para poder solicitar el cheque de 200 euros para el carro de la compra. Los beneficiarios de esta nueva medida cuentan con un mes y medio de plazo, entre el 15 de febrero y el 31 de marzo, para realizar la solicitud.
¿Dónde solicito la ayuda?
Esta nueva medida del ejecutivo podrá solicitarse a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. En el formulario que se ha de rellenar, deberá figurar necesariamente la cuenta bancaria del titular de la solicitud en la que se desee que se realice el abono. Esto debe establecerse bien, ya que los 200 euros llegarán a la cuenta, mediante transferencia bancaria, en un único pago.
¿Qué pasa si me rechazan la solicitud?
El real decreto-ley, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), determina que en el caso de que la solicitud haya sido rechazada, se notificará al solicitante una propuesta de resolución denegatoria. En ella se le indicarán los datos necesarios para consultar los motivos de la denegación en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Asimismo, el solicitante dispondrá de un plazo de 10 días, a contar desde el día siguiente a la notificación de la propuesta de resolución denegatoria, para alegar y presentar los documentos y justificantes que considere pertinentes.
¿Quiénes tienen acceso a esta ayuda?
Aquellas personas que hasta el 31 de diciembre de 2022 no hayan superado en su renta los 27.000 euros anuales y su patrimonio rebase los 75.000 euros serán quienes puedan optar a esta ayuda. En caso de matrimonio o pareja de hecho, será el cómputo conjunto, así como el de los menores y ascendientes que residan en el mismo hogar. Para poder ser beneficiario también se ha de tener la residencia habitual en España a 31 de diciembre.
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¿Quiénes quedan fuera de esta ayuda?
Quienes quedan exentos de poder recibir este cheque de la compra son para quienes reciben el Ingreso Mínimo Vital o pensiones abonadas por el Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado. También quedan fuera aquellas personas que perciban prestaciones análogas a las anteriores reconocidas a los profesionales no integrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos por las mutualidades de previsión social que actúen como alternativas al régimen especial de la Seguridad Social mencionado.
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