Salario Mínimo Interprofesional

Así varían los umbrales para tener derecho al subsidio de desempleo o la cuota de autónomos tras la subida del SMI

La subida del SMI afecta a otros subsidios porque el salario mínimo interprofesional es el que se establece como referencia para el cálculo de otras pagas.

Así varían los umbrales para tener derecho al subsidio de desempleo o la cuota de autónomos tras la subida del SMI

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El salario mínimo interprofesional ha subido 15 euros al mes, sin embargo estos 15 euros tienen mucho más alcance que el de elevar el SMI a los 965 euros mensuales ya que afecta también al subsidio por desempleo o a la cuota de autónomos.

La subida del SMI afecta a otras partidas porque el salario mínimo interprofesional es el indicador que se toma como referencia para calcular el corte de acceso de otro tipos de subsidios como el de desempleo que exige que la renta mensual no supere el 75% del SMI vigente para cada momento.

Teniendo ya en cuenta el incremento de 15 euros el límite de ingresos para recibir este tipo de subsidio queda fijado actualmente en 723,75 euros mensuales y no los 712,5 en los que se situaba anteriormente.

Subida cuota autónomos

La ATA alertó antes de firmar la subida del SMI de que este incremento de 15 euros supondría también una subida en la cuota que los autónomos abonan a la seguridad social. "Se pasa de un 30,3 % de la base de cotización a un 30,6 % de la base de cotización por la que cotiza cada autónomo" argumentó Lorenzo Amor.

El autónomo que tiene la base mínima de cotización verá incrementada su cuota a la Seguridad Social de 286 a 289 euros mensuales. Es decir, hasta 36 euros más cada año. Mientras que el que tiene la base máxima pasará a pagar una cuota a la Seguridad Social de 1.233 euros mensuales a 1.245 euros. En total son 144 euros más cada año y 12 euros más cada mes.

La subida del Salario Mínimo Interprofesional

El Gobierno firmó con los sindicatos, dejando fuera a la patronal una subida del salario mínimo de 15 euros al mes con carácter retroactivo al 1 de septiembre. Si el trabajador tiene las pagas extraordinarias prorrateadas entonces su salario mínimo sube 17,50 euros al mes.

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