Jubilación
Cambios en la jubilación en abril 2025, la seguridad social anuncia tres novedades
Estas medidas afectan a la jubilación parcial, activa y demorada, y buscan mejorar la compatibilidad entre el cobro de la pensión y la continuidad en el mercado laboral.

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A partir del 1 de abril de 2025 la Seguridad Social ha aplicado tres cambios importantes en el sistema de jubilación que afectarán a miles de trabajadores en España. Estas modificaciones afectarán a las personas que quieren jubilarse parcialmente, seguir trabajando mientras cobran su pensión o retrasar su retiro.
Con estas nuevas medidas, se mejoran algunas condiciones y se amplían las opciones para quienes desean seguir con su vida laboral sin renunciar completamente a sus ingresos por jubilación.
Nuevas condiciones para la jubilación parcial desde abril 2025
Uno de los cambios más importantes en la jubilación parcial es que, podrá solicitarse hasta tres años antes de la edad normal de receso, siempre que el trabajador cuente con un contrato de relevo. Esto significa que podrá reducir su jornada mientras la empresa contrata a otra persona para cubrir parte de su puesto. De esta manera, el paso a la jubilación será más suave.
Como novedad, aquellos trabajadores que adelanten su jubilación en más de dos años podrán reducir su jornada entre un 20% y un 33% durante el primer año, facilitando así la adaptación a su nueva situación. Además, a partir de abril, los trabajadores fijos discontinuos podrán ser contratados como relevistas, ampliando así las opciones para estos empleados, que hasta ahora tenían menos oportunidades de acceder a esta modalidad.
Otro cambio importante es que las empresas estarán obligadas a contratar a los relevistas con un contrato indefinido y a jornada completa, lo que les aportará mayor estabilidad. Además, estos empleados deberán permanecer en la empresa al menos dos años después de que la persona en jubilación parcial haya completado su periodo de transición.
Por otro lado, la jubilación parcial sin contrato de relevo también será más flexible. Hasta ahora, solo se podía reducir la jornada hasta un 50%, pero con la nueva normativa será posible reducirla entre un 25% y un 75%, lo que permitirá a los trabajadores adaptar su receso según sus necesidades y circunstancias personales.
Modificaciones en la jubilación activa y demorada
La jubilación activa también tendrá modificaciones. Antes, solo podían acceder a ella quienes hubieran completado toda su carrera de cotización, pero a partir de abril esto ya no será un requisito. De esta manera, se facilitará el acceso a esta modalidad a un mayor número de personas, permitiéndoles combinar la pensión con su trabajo sin tantas restricciones.
Además, se ha establecido un sistema de incentivos progresivo para quienes prolonguen su vida laboral. Durante el primer año de jubilación activa, se podrá recibir el 45% de la pensión junto con el salario. A partir del segundo año, este porcentaje subirá al 55%, alcanzando el 65% en el tercer año y el 80% en el cuarto. Finalmente, si la persona mantiene su empleo durante cinco años, podrá cobrar el 100% de su pensión sin dejar de trabajar, lo que supone una mejora considerable respecto a la normativa anterior.
Estos cambios también benefician a quienes decidan retrasar su jubilación voluntariamente, o lo que es lo mismo, recurrir a la jubilación demorada. Ahora, podrán combinar estos beneficios con los de la jubilación activa, aumentando así sus ingresos si optan por seguir trabajando más allá de la edad habitual de retiro.
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