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NUEVA CONVOCATORIA DEL IMSERSO

Cómo solicitar plazas en balnearios del Imserso en 2019

El plazo de solicitud para la lista de espera de plazas para el Programa de Termalismo del Imserso estará abierto hasta el 31 de octubre. Infórmate del procedimiento, cuáles son los requisitos y qué incluye el programa.

Un año más el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) ha puesto en marcha la segunda convocatoria de plazas para el Programa de Termalismo que se desarrollará entre los meses de septiembre y diciembre. El plazo de solicitud con prioridad en la adjudicación de plaza fue hasta el 17 de mayo de este año. Sin embargo, si desea su inclusión en la lista de espera de plazas que vayan quedando vacantes el plazo se extiende hasta el 31 de octubre.

El Programa de Termalismo del Imserso cuenta con la financiación del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y tiene como objetivo mejorar la calidad de vida de las personas mayores ofreciendo tratamientos termales a los pensionistas del sistema de la Seguridad social, a precios reducidos, contribuyendo a prevenir, rehabilitar y recuperar funciones y así, evitar otros tratamientos más lesivos.

Aquellos usuarios que hayan participado en el programa anterior no será necesario que vuelvan a presentar una solicitud nueva, sino que el propio Imserso le reemitirá por correo un modelo simplificado para la renovación de la solicitud.

Por el contrario, si es la primera vez que la persona accede al programa, existen dos medios para el cumplimiento y la presentación de las nuevas solicitudes:

- A través del Cumplimentación telemática de la solicitud. En este servicio se podrá consultar además el estado de tramitación de la solicitud.

- Descargando y rellenando el modelo de solicitud disponible en su página web o recogiéndolo en los Servicios Centrales del Instituto en Madrid. Esta solicitud deberá entregarse en registros y oficinas del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, enviándolo por correo en un sobre franqueado o, en su defecto, presentar en los Servicios Centrales del Instituto en Madrid.

¿Quién puede participar?

1. Podrán beneficiarse del programa aquellas personas residentes en el Estado español, que reúnan alguno de los siguientes requisitos:

- Ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente del Sistema de Seguridad Social español.

- Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.

- Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.

- Ser asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años de edad.

2. Igualmente, podrán participar en los programas las personas de nacionalidad española que residan en el extranjero, siempre que perciban una pensión del Sistema de Seguridad Social español, con edad acorde a los requisitos explicados en el punto uno. También aquellos que sean asegurados o beneficiarios del Sistema de la Seguridad Social, con edad igual o superior a sesenta y cinco años.

3. Las personas beneficiadas podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión.

En todo caso, independientemente de los tres apartados anteriores, todos los usuarios de plaza están sujetos a los siguientes requisitos:

- No padecer alteraciones del comportamiento que puedan alterar la normal convivencia en los establecimientos, ni padecer alguna enfermedad transmisible con riesgo de contagio.

- Poder valerse por sí mismo para realizar las actividades básicas de la vida diaria.

- Necesitar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.

- Alcanzar la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados. La puntuación se establecerá en función del baremo para la valoración de las solicitudes

Esta valoración se basa en el grado de necesidad de los solicitantes, situación económica de los mismos, edad, ser miembro de una familia numerosa y no haber disfrutado de ninguna plaza en el programa en los dos años anteriores a la convocatoria actual.

Servicios

Se incluye el alojamiento y manutención en régimen de pensión completa y en habitaciones dobles de uso compartido.

Los tratamientos termales básicos se componen de:

- El reconocimiento médico al ingresar en el balneario para prescribir el tratamiento adecuado a cada persona.

- El tratamiento termal básico que, en cada caso, prescriba el médico del balneario.

- El seguimiento médico del tratamiento.

- Póliza colectiva de seguro turístico.

El programa no incluye el desplazamiento a las estaciones termales ni el regreso al domicilio de los beneficiados, por lo que cada uno deberá trasladarse por sus propios medios.

Lugares y estancia

El Programa de Termalismo se desarrolla en 105 de los 117 establecimientos termales abiertos al público, es decir, en casi un 90% de los balnearios declarados de utilidad pública. Además, estos se encuentran situados en 13 de las 17 Comunidades Autónomas, por lo que la gran mayoría de comunidades se benefician del programa. Galicia se posiciona como el territorio con más número de balnearios que participan en el programa, con un total de 20, seguida de Cataluña con 14 y los 11 de Extremadura. Es destacada la ausencia de plazas en la Comunidad de Madrid.

Existen turnos de 12 y un número reducido de plazas en turnos de 10 días.

Los alojamientos hosteleros se encuentran en su mayoría en los propios balnearios donde se efectúan los tratamientos termales. Los tratamientos termales que se prestan a través del Programa en cada una de las estaciones termales son los que se relacionan al detallar los balnearios participantes.

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