DANA

Consecuencias DANA: ¿Qué cubre el seguro y cómo solicito la indemnización?

El Consorcio de Compensación de Seguros está preparado para trabajar en las zonas afectadas por la DANA y otorgar las ayudas correspondientes.

El barrio de la Torre de Valencia tras el paso de la DANA

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La declaración de zona catastrófica en la provincia de Valencia podría ser clave para que las personas afectadas por las lluvias torrenciales originadas por la DANA puedan reclamar los daños al seguro.

Desde FACUA recuerdan que el Consorcio de Compensación de Seguros establece en el artículo 1 del Real Decreto 300/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios, que los usuarios pueden tener derecho a una indemnización si los daños son causados por una serie de riesgos que denomina "acontecimientos extraordinarios".

Pero, ¿qué se puede considerar un acontecimiento extraordinario? ¿Es la DANA uno de ellos? El ministro de Economía, Carlos Cuerpo, asegura que el Consorcio de Compensación de Seguros, dependiente de su Ministerio, está preparado para trabajar en las zonas afectadas por la DANA y se trasladará a la zona afectada "tan pronto como sea posible" para determinas los daños y otorgar las ayudas correspondientes.

El Consorcio indemniza los daños producidos por fenómenos naturales o derivados de hechos de incidencia política o social, siempre que se tenga suscrito un seguro para las personas o bienes afectados.

Se entenderá por acontecimientos extraordinarios:

  • Los siguientes fenómenos de la naturaleza: los terremotos y maremotos, las inundaciones extraordinarias, las erupciones volcánicas, la tempestad ciclónica atípica y las caídas de cuerpos siderales y aerolitos.
  • Los ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular.
  • Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz.

Así, el Consorcio tiene por objeto "indemnizar, en la forma en él establecida, en régimen de compensación, las pérdidas derivadas de acontecimientos extraordinarios acaecidos en España", entendiendo como tales "las inundaciones extraordinarias" y "la tempestad ciclónica atípica", entre otros.

Vox Andalucía ha pedido la declaración de zonas catastróficas las regiones azotados por el temporal y que la ayuda llegue de manera inmediata a los afectados. El Gobierno de Castilla-La Mancha también va a pedir la declaración de zona catastrófica. La Comunidad Valenciana aún no se ha pronunciado, pero ha sido una de las regiones que peores consecuencias ha sufrido.

En concreto, el Consorcio indica que estos daños están incluidos en los llamados "riesgos extraordinarios" y asumirá el pago de las indeminizaciones. Las regiones cubiertas por el Consorcio son Valencia, Albacete, Málaga, Cuenca y Andalucía Oriental.

Indemnizará los daños producidos a las personas aseguradas, los daños en los bienes asegurados (viviendas, comunidades, vehículos, locales, establecimientos, industrias, etc.). Las indemnizaciones serán con arreglo a los capitales asegurados y las cláusulas del contrato de seguro de cada afectado.

El requisito es que la persona o el bien afectado deben estar asegurados y tener su seguro en vigor en el momento en que se produjo la inundación extraordinaria.

¿Se puede reclamar al seguro los daños?

Desde FACUA-Consumidores en Acción aconsejan a todos los afectados por los fuertes vientos, las inundaciones u otras circunstancias provocada por el paso de la DANA por el país, con especial afectación en la Comunidad Valenciana, que lo pongan en conocimiento de sus aseguradoras en el menor tiempo posible. También recomiendan adjuntar a la compañía todas las pruebas que se puedan recoger de los desperfectos con fotografías o vídeos.

En el caso de daños materiales directos, el Consorcio establece que la póliza debe incluir la cobertura de los siguientes riesgos: incendio, robo, rotura de cristales, daños a maquinaria, equipos electrónicos, ordenadores o modalidades combinadas de los mismos. Los daños en el automóvil se indemnizarán sin importar la cobertura que se tuviera contratada.

Respecto a los daños personales (lesiones, fallecimiento...) estarán sujetos a indemnización si la póliza contratada cubre el riesgo de accidentes o el ramo de vida que garantice exclusiva o principalmente el riesgo de fallecimiento.

  • ¿Cómo solicitar las indemnizaciones?

La solicitud de la indemnización al Consorcio se puede presentar directamente por el propio asegurado, por el tomador o por sus representantes, a través de la entidad aseguradora, del agente o corredor de seguros que intervino. Y pueden presentarse llamando al teléfono 900 222 665 o mediante la web del CSS (www.consorseguros.es).

  • ¿Qué ocurre con mi coche?

En el caso de vehículos automóviles (turismos, camiones, autobuses, vehículos comerciales, motocicletas, ciclomotores...), se indemnizarán los daños tanto en el caso de que el vehículo estuviera asegurado con alguna cobertura de daños al propio vehículo (por ejemplo, rotura de lunas, robo o los conocidos como seguros a todo riesgo con o sin franquicia), como en el supuesto de que solamente lo estuviera por una póliza de responsabilidad civil (pólizas de "seguro obligatorio" o de "daños a terceros").

  • Requisitos para la indemnización: ¿Todos los daños son indemnizables?

No, únicamente son indemnizables por el Consorcio aquellos que afectan a personas o bienes sobre los que se ha contratado un seguro y "siempre que la póliza esté vigente en el momento de producirse los daños y el asegurado se encuentre al corriente del pago de la prima".

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