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YA ESTÁ EN VIGOR

Las consecuencias sobre el trabajador de la reforma laboral

A diez días del 29 de septiembre, entra en vigor la reforma laboral.

Esta reforma llega 10 días antes de la huelga general convocada por los sindicatos, que tienen claro quien juzgará mejor lo que califican de contrarreforma.

Las consecuencias sobre el trabajador:

-Si usted tiene trabajo, su empresa podrá a partir de mañana, despedirle por causas económicas. Es decir, si tiene pérdidas, si prevé tenerlas en el futuro, o si sus ingresos están cayendo. En este caso, la indemnizacion que le corresponde, serán 20 días por año trabajado. Es el despido objetivo, uno de los puntos mas polemicos de la reforma. 

-Si usted no tiene trabajo, puede que le hagan un "contrato de fomento del empleo". Esto supone que en caso de despido no tendrá una indemnización de 45 días sino de 33 por año trabajado. Un contrato mas barato que se universaliza.

-Puede que su empresa no decida despedirle, pero si reducirle las horas de trabajo y por tanto el sueldo. Podrá hacerlo. A cambio, usted podrá cobrar el paro correspondiente a esas horas que no trabaja.

-Si usted no consigue trabajo y está cobrando el paro, solo podrá rechazar cursos durante 30 dias. Se reducen ademas los dias que un trabajador puede faltar a su puesto sin justificación y se crea un fondo de garantía que pagará parte de las indemnizaciones por despido.

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