Proyecto Castor

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real decreto ley, aprobado el pasado 3 de octubre de 2014

El TC declara "nula e inconstitucional" la compensación de 1.350 millones para la empresa promotora Escal UGS por Castor

El TC declara "inconstitucionales y nulos" los artículos 4 a 6 y precisa que no ve ninguna razón para haber aprobado dicha compensación mediante un decreto ley, puesto que esta medida únicamente está justificada ante la existencia de una situación "de extraordinaria y urgente necesidad a la que debiera hacerse frente".

El Tribunal Constitucional ha declarado "nulos e inconstitucionales" algunos artículos del real decreto ley, aprobado el pasado 3 de octubre de 2014, que contemplaba la hibernación del almacenamiento subterráneo de gas de Castor y en el que se reconocía una compensación de 1.350 millones de euros para la empresa promotora Escal UGS, participada por ACS.

De esta forma, el Constitucional ha admitido "parcialmente" los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por el Parlament de Cataluña, así como por la Generalitat catalana y por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso.

Por ello, este organismo declara "inconstitucionales y nulos" los artículos 4 a 6 y precisa que no ve ninguna razón para haber aprobado dicha compensación mediante un decreto ley, puesto que esta medida únicamente está justificada ante la existencia de una situación "de extraordinaria y urgente necesidad a la que debiera hacerse frente".

En su sentencia, el Tribunal no entra en el fondo la indemnización que recibió Escal UGS por la decisión adoptada sobre Castor, centrándose más en el fondo de cómo se hizo esa indemnización a través de la aprobación de un Real Decreto de urgencia.

En 2014, el Gobierno aprobó un real decreto ley en el que se establecía la hibernación del almacenamiento subterráneo de gas de Castor y en el que se reconocía esta compensación de 1.350 millones de euros para la empresa promotora Escal UGS, cuyo importe se repercutiría durante 30 años en la tarifa de gas.

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