Declaración de la renta
Renta 2023: Novedades en la declaración: el gimnasio se podrá deducir en el borrador
Consulta esta nueva novedad en la declaración de la renta de este año, quizás puedas optar a una deducción.
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A partir de mañana, miércoles 3 de abril, comienza la campaña de la declaración de la renta. Los contribuyentes tendrán hasta el 1 de julio para presentar la declaración. Este curso tenemos varios cambios en materia de autónomos o maternidad. Sin embargo, también hay un nuevo aspecto que quizás afecte a muchos: la cuota del gimnasio. Los usuarios ya pueden acceder al borrador y presentar por Internet sus declaraciones a la Agencia Tributaria.
La cuota del gimnasio se podrá deducir gracias a que las autonomías tienen la posibilidad de establecer deducciones adicionales a las estatales y que estas varíen en función de las circunstancias personales y familiares, inversiones no empresariales, aplicación de renta y subvenciones o ayudas públicas no exentas de cada contribuyente, pudiendo considerar desgravables algunos gastos.
Sin embargo, esta deducción solo está disponible en La Rioja y Comunidad Valenciana con sus requisitos correspondientes. Hacienda recoge esta novedad en La Rioja como una deducción "por fomentar el ejercicio físico y la práctica deportiva". Los usuarios podrán deducir el 30% de los gastos hechos, con un límite máximo de deducción aplicable de 300 euros. Se deberá justificar los gastos con facturas o justificantes. Para los mayores de 65 años, la deducción será del 100% en vez del 30%. También para las personas con alguna discapacidad con un grado del 33% o superior.
En la Comunidad Valenciana, la Agencia Tributaria recoge la deducción de la cuota del gimnasio como una deducción "por cantidades satisfechas en gastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludables". Aquellos que hayan tenido en el 2023 su residencia habitual en la comunidad se podrán deducir hasta el 30% de las cuotas del gimnasio pagadas en dicho ejercicio. Para los mayores de 65 años o personas con discapacidad igual o superior al 33% la deducción aumentará al 50%. En caso de ser mayor de 75 años o de tener una discapacidad superior al 65% la deducción llega al 100%. En todos los casos la deducción máxima es de 150 euros.
Novedades
- Para los autónomos se avecinan novedades, ya que este año independientemente de los ingresos generados tendrán que rendir cuentas sí o sí ante el Fisco. Quienes estén sujetos al régimen de módulos verán cómo aumenta la reducción general sobre el rendimiento neto de los módulos del 5% al 10%. Para quienes teletrabajen la deducción será del 30% de los gastos de suministros que estén relacionados con la actividad Si el autónomo tributa por estimación directa simplificada podrá añadir 2.000 euros al año de deducción por gastos de difícil justificación.
- Con la nueva Ley de Familias la deducción por maternidad también experimenta novedades ya que solo podían beneficiarse de ella las madres que estuviesen trabajando en el momento de dar a luz mientras que ahora desaparece este requisito de los 0 a los 3 años.
- Los contribuyentes que hayan matriculado un vehículo eléctrico en el año 2023 podrán deducirse el 15% del valor de compra
- Se eleva hasta el 27% la tributación de las rentas del capital en el IRPF de las plusvalías superiores a los 200.000 euros.
Fechas clave en la declaración de la renta 23-24
Según ha informado la Agencia Tributaria en su página web, hay varias fechas establecidas para poder confeccionar la declaración de la Renta y Patrimonio 2023.
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- Del 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024 se podrán presentar por Internet la declaración de la renta.
- Del 7 de mayo hasta el 1 de julio de 2024 se podrá confeccionar por teléfono. En este caso se podrá realizar por cita previa, desde el 29 de abril hasta el 28 de junio.
- Del 3 de junio hasta el 1 de julio de 2024 la Agencia Tributaria realizará la declaración de la renta de forma presencial en las oficinas. Esta opción también necesita cita previa, que se puede solicitar desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio.
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