Renta
Declaración de la Renta 2024- 2025: fechas, calendario y novedades
La Agencia Tributaria ha publicado las fechas de la campaña de la declaración de la Renta 2024-2025 y las novedades que presenta este año. Desde el miércoles 2 de abril hasta el 30 de junio, los contribuyentes que están obligados a presentarla o los que quieran hacerla, podrán realizar el borrador y saber el resultado al momento.

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La declaración de la Renta 2024-2025 ya tiene fechas, calendario y novedades. Cumplir con la obligación de tributar por los rendimientos económicos obtenidos afecta a millones de contribuyentes en el Estado español. Cada año, la Agencia Tributaria establece unos plazos para realizar la declaración, ya sea de manera presencial, a través de Internet o por teléfono. Este año, la campaña del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) comienza el miércoles 2 de abril y finaliza el 30 de junio.
Antes de entregar la declaración de la Renta, para saber si debes pagar o te devuelven dinero, lo habitual es hacer el borrador de la declaración con tus datos fiscales. Esto es, toda la información básica correspondiente a datos personales, salario recibido, retenciones aplicadas, y cualquier tipo de ganancia patrimonial que hayas tenido durante el año anterior. Para facilitar esta tarea, la Agencia Tributaria ha puesto a disposición de todos los contribuyentes el simulador online Renta Web Open. Esta herramienta digital te permite visualizar el resultado de la declaración antes de presentarla.
Fechas clave para la declaración de la Renta 2024 - 2025
Como todos los años, la declaración de la Renta podrá hacerse en varias fechas y a través de diferentes vías, online, telefónica o presencial. Estos son los días que debes anotar en tu calendario de la declaración de la Renta 2024-205 para no olvidarte, ya que no presentarla en plazo puede suponer una sanción.
19 de marzo. Es la primera fecha importante de la campaña de la Renta 2024-2025. A partir de este día, los contribuyentes pueden acceder a sus datos fiscales y consultar si se corresponden con los que tiene la Agencia Tributaria.
2 de abril. Comienzo de la campaña para la presentación online de la declaración de la Renta.
29 de abril. A partir de este día, se puede solicitar cita previa para quienes deseen realizar su declaración mediante asistencia telefónica.
6 de mayo. Comienza el plazo para presentar el borrador de la declaración vía teléfono.
29 de mayo. Esta es la fecha para solicitar cita previa si quieres acudir presencialmente a las oficinas de Hacienda a realizar tu declaración.
2 de junio. Día que comienza el servicio de atención presencial en la oficina solicitada para hacer la declaración de la Renta.
25 de junio. Plazo límite para presentar la declaración, en el caso de realizar el pago mediante domiciliación bancaria.
27 de junio. Último día para solicitar cita previa para presentar la declaración por teléfono o presencial.
30 de junio. Fecha límite para la presentación del resto de declaraciones de la Renta 2024-2025.
Novedades de la campaña de la Renta 2024 - 2025
La declaración de la Renta 2024-2025 trae importantes novedades para los contribuyentes.
Una de las principales novedades, este año, era la obligación de declarar el IRPF para los beneficiarios de prestaciones por desempleo. Esta orden se publicó en el real-decreto ley de 21 de mayo del año 2024, con entrada en vigor en noviembre pasado, de no hacerlo, podrían perder las ayudas. Sin embargo, ha habido una importante novedad de última hora, por la que se excluye a los beneficiarios de prestaciones por desempleo la obligatoriedad de presentar la declaración de la Renta en este ejercicio.
Por primera vez, se podrá pagar la declaración mediante Bizum y tarjeta bancaria, además de los habituales métodos de pago, como domiciliación bancaria, cargo en cuenta o con Número de Referencia Completo (NRC), o en oficina bancaria.
Los afectados por la Dana no tienen que tributar por las ayudas recibidas, salvo si estas superan el valor de lo perdido. En este caso, se considera ganancia patrimonial, aunque exenta de gravamen si la cuantía no supera el total de ayudas. Además, los autónomos afectados pueden beneficiarse de una reducción del 25% en el rendimiento neto de módulos del IRPF y en las cuotas del régimen simplificado del IVA.
La Ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha anunciado un cambio que afecta a los trabajadores jubilados mutualistas. Tras una sentencia judicial, estos podrán reclamar de una sola vez y en un solo pago la devolución de las cantidades pagadas en exceso.
Se incrementa el importe para quienes hayan tenido dos pagadores o más, actualizándose con la subida del Salario Mínimo Interprofesional. El límite sube de los 1.500 euros a los 2.500 euros.
Se ha introducido el sistema de autoliquidación rectificativa, es decir, los contribuyentes podrán modificar, corregir o completar la declaración, en lugar del anterior sistema por el que se hacía una autoliquidación complementaria y una solicitud de rectificación.
En el caso de los autónomos, sea cual sea su nivel de ingresos, se mantiene la obligación de presentar la declaración, independientemente de sus ingresos, igual que para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV), al igual que en la campaña anterior.
Se reduce la base imponible sobre la que se calcula el impuesto, que aumenta de 6.498 euros a 7.302 euros al año. Con esta medida, se busca beneficiar a las rentas más bajas.
Aumentan los beneficios fiscales para quienes hagan donaciones a las ONG o a fundaciones, así como deducciones para quien ceda el uso de bienes muebles e inmuebles a entidades sin ánimo de lucro.
Además de estas novedades, añadir que se ha dado un prórroga en las deducciones por obras de eficiencia energética en la vivienda y por la compra de vehículos eléctricos.
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