Publicidad
RECORTES EN SANIDAD
Defensor del Pueblo: "Nada puede justificar una lista de espera de nueve meses"
El Defensor del Pueblo ha considerado que "nada puede justificar demoras en la atención" como la que sufrió un vecino de Fabero (León), que falleció el pasado febrero víctima de un aneurisma de aorta, tras permanecer nueve meses esperando para ser operado en el Hospital de León.
Después de que la familia del fallecido, L.C., planteara una queja al Defensor del Pueblo, esta institución ha respondido en un escrito que las listas de espera "son un elemento común en los sistemas sanitarios de carácter universal y financiados públicamente", pero ha añadido que nada puede justificar tiempos como el planteado "superior a nueve meses".
"Menos aún", añade el Defensor en su escrito "que el paciente fallezca mientras está en una lista de espera como consecuencia de procesos que motivaron su inclusión en la misma". Por este motivo, la institución ha recomendado a la Consejería de Sanidad de Castilla y León que adopte las medidas necesarias para "reducir la extraordinaria demora existente, al menos en algún supuesto, en el Servicio de Cirugía Cardiaca del Complejo Hospitalario de León".
Exige "reducir la extraordinaria demora existente"
Además, ha sugerido que se inicie de oficio un "expediente de responsabilidad patrimonial de la Administración", en cuyo marco se evalúe si los interesados "han sufrido daños que no les corresponde soportar", todo ello al margen del derecho que tienen éstos de instar dicho procedimiento en su nombre.
El escrito está firmado por la adjunta Segunda del Defensor del Pueblo, Concepció Ferrer i Casals, y recoge la respuesta que dio la Consejería de Sanidad de Castilla y León a un requerimiento que hizo esta institución con motivo de la queja presentada por la familia de este paciente fallecido. La Consejería de Sanidad contestó entonces que los pacientes incluidos en lista de espera "son intervenidos según la prioridad establecida, tras la valoración sistemática y rigurosa, en la consulta externa".
En esta misma línea, argumentó, siempre según este escrito, que el diámetro de aorta del paciente "se evaluó con diferentes pruebas diagnósticas, no superando en ningún caso el mínimo para asignar un nuevo código de prioridad".
La Consejería respondió entonces que el paciente estuvo programado para una semana de mediados de enero de 2013, si bien, "desgraciadamente", tuvo que se desprogramado para incluir a dos pacientes urgentes ingresados en cardiología y la unidad coronaria. "Desde este día, no se pudo volver a programar la intervención en los turnos quirúrgicos disponibles, por tener que operar a pacientes más prioritarios que él", aseguró.
El Defensor reconoce que la mayor eficiencia del sistema exige la definición de pautas de actuación acerca de la prioridad de los pacientes en lista de espera, pero afirma que eso no es suficiente para justificar el largo periodo de tiempo comprendido entre la fecha en la que se programó la intervención que precisaba, el 10 de mayo de 2012, y en la que falleció, el 20 de febrero de 2013.
Del mismo modo, afirma que el fallecimiento de pacientes en lista de espera "no enerva la responsabilidad de la Administración, al no ser un hecho inevitable, ajeno o extraño a la prestación del servicio".
Publicidad