Cobrar paro
Esta es la fecha en la que se cobra el paro en octubre de 2022
Los trabajadores en situación de desempleo se preguntan cada día cuándo se cobra el paro, y si alguien habrá cobrado el paro ese mes. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tiene fijado unas fechas para el ingreso de prestaciones por desempleo.
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La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) es la encargada de liberar la cuantía destinada para que el SEPE pueda dar todas las ayudas para los desempleados. Lo primero que hacen es conocer el número de desempleados a final de cada mes y después, el organismo destina los recursos económicos para el pago. Esta es una de las razones por las que tanto el paro como los subsidios no se ingresan el mismo día uno de cada mes.
El SEPE ingresa el paso, los subsidios y las ayudas extraordinarias entre los días 10 y 15 del mes vecino. No obstante, hay bancos y entidades que apuestan por adelantar el ingreso de estas ayudas unos días. Algunos y las fechas en las que han prestado los servicios en el mes anterior, para servir de guía, son el Santander, Unicaja y Caixabank ( el 5 de septiembre), el BBVA y Abanca (el 9 de septiembre), Banco Sabadell, Cajasur, ING, Cajamar y Bankinter ( 10 de septiembre).
En cuanto a las prestaciones contributivas por desempleo, el SEPE paga durante los 180 primeros días el 70% de la base reguladora, y a partir del día 181 se pagará el 50%. En los subsidios por desempleo la cuantía siempre será la misma.
Será obligatorio cotizar por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) a partir del 1 de octubre. Para que estas cotizaciones no supongan un sobresfuerzo económico para los empleadores, estos tendrán derecho a una bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al FOGASA en este Sistema Especial, según informan en su página web el BOE.
Además, se mantiene la reducción de un 20% en la aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes correspondiente a este Sistema Especial. Y se va a incrementar con una bonificación superiores al 20%, en función de la composición del hogar y también de los niveles de renta y de patrimonio, lo que permitirá aumentar el número de beneficiarios. Es una prestación para las trabajadoras del hogar.
Cuantías por prestación:
Cuantías mínimas:
Si no se tiene hijos a cargo se cobrará el 80 % del IPREM incrementando en una sexta parte. Unos 540,41 euros al mes. Sin embarco con hijos la cuantía mínima será el 107 % del IPREM. Es decir, 722 euros mensuales.
Cuantías máximas
La cuantía máxima será de 175 % del IPREM incrementando una sexta parte, es decir, se cobrará 1.182,16 euros mensuales. Con hijos a cargo, la cuantía máxima será 1.351,04 euros al mes, es el 200 % del IPREM.
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Si eres una de las personas afectadas por el ERTE cobrarán durante los seis primeros meses de desempleo el 70% de la base reguladora del salario del trabajador y a partir del séptimo mes, el 50%. En cuanto a la cantidad máxima que se puede cobrar es de 1.153,33 euros al mes. Sin embargo hay excepciones, con hijos puede cobrar hasta 1.318, 10 euros al mes y si tiene más de uno puede cobrar hasta 1.482,86 euros.
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