Declaración de la Renta
Hacienda abre su ventanilla de la Renta, ¿cobrar o pagar?: "Pecamos de no aplicar beneficios por temor a equivocarnos"
De la mano de Rocío Díaz, asesora fiscal del Grupo ATISA, repasamos todas las novedades para la declaración de la renta de 2024 que arranca ya.

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El mundo se divide entre aquellos que prefieren la tortilla con cebolla y los que no, entre quienes ven en la pizza con piña un toque tropical y los que creen que es un sacrilegio, entre los que ven el vaso medio lleno o los que tienden a verlo más vacío y entre los que por esta época saben que tendrán que rendir cuentas a Hacienda y los que esperan con ganas recibir la devolución del fisco. Y, puestos a elegir... pensemos en positivo.
El refrán dice que abril es un mes de aguas mil, pero después de un marzo tan lluvioso, la cita que nunca falla en el cuarto mes del año es la de la Declaración de la Renta.
El 2 de abril arranca la Campaña de la Renta correspondiente al ejercicio 2024, desde ese día las declaraciones se van acumulando y el plazo se extenderá hasta el 30 de junio. Los datos fiscales de los contribuyentes llevan ya unas semanas disponibles, pero ¿estamos todos obligados a rendir cuentas a Hacienda? ¿Qué puedo desgravarme para que me salga a devolver? De la mano de Rocío Díaz de la Serna, asesora fiscal del Grupo ATISA, vamos a elaborar un manual con el que hacer que la declaración este año no sea un quebradero de cabeza.
Mínimo exento para declarar
Díaz nos avanza que "este ejercicio 2024 no es un año de grandes novedades", aunque por supuesto que hay cosas nuevas que pueden resultarnos de interés e intentaremos ir una por una citándolas. Pero antes, empecemos por saber quiénes están liberados del trámite de Hacienda.
Quienes hayan percibido menos de 22.000 euros anuales quedan exonerados de esta obligación. La cosa cambia cuando tenemos dos o más pagadores "o aquellos rendimientos de trabajo que no están sometidos a retención, o que son de retención fija. En el ejercicio de 2023 el límite era de 15.000 euros y este año sube a 15.876 euros", nos explica Rocío Díaz. Esta cantidad no es fortuita, sino que coincide con el importe en el que se ha fijado en 2024 el salario mínimo interprofesional.
Pero, cuidado, porque la experta nos advierte que "con esto no hay que confundir que si no llego a este límite no tengo obligación de declarar, porque puede haber personas que con rendimientos de trabajo no lleguen a ese límite, pero que estén en otras situaciones, por ejemplo, que hayan vendido una vivienda, o que ha decidido alquilar la vivienda que tiene vacía y eso cambia los límites". Así que, como Díaz recomienda, en caso de duda siempre es mejor llamar al teléfono de atención de la Agencia Tributaria o recurrir a un asesor.
Ayudas para los afectados por la DANA
2024 se despidió con la tragedia vivida en la Comunidad Valenciana por la DANA y para estos contribuyentes se han aprobado medidas especiales. "Todas las ayudas extraordinarias que hayan podido percibir las personas afectadas con carácter general están exentas de tributación, tanto las estatales, como las autonómicas. Además, en el caso de los residentes fiscales de Valencia que hagan la declaración este año, también se han aprobado dos deducciones autonómicas adicionales con el objetivo de compensar un poco los daños. Es verdad, que tienen unos requisitos y unos límites, además como en todas las deducciones hay que justificarlas, pero son medidas que tienen el objetivo de paliar esos daños económicos", nos indica la asesora fiscal del Grupo ATISA. El importe de los daños tendrán que justificarlo con un certificado de la aseguradora o de un organismo público y serán pagos que se hayan realizado entre el 29 de octubre y el 31 de diciembre del año pasado.
Viviendas en alquiler
Aquellas personas que tengan una vivienda alquilada a otra persona como vivienda habitual podrán beneficiarse de una reducción del 50% de los rendimientos para los contratos firmados a partir del 26 de mayo. Este porcentaje podría ser mayor y llegar hasta el 90%, 70% o 60% si la vivienda está en una zona tensionada, si el inquilino es joven o si el propietario ha bajado el precio del alquiler.
Coches eléctricos y puntos de recarga
Los propietarios particulares que hayan comprado un coche eléctrico nuevo entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024, o hayan instalado sistemas de recarga de batería en su propiedad, podrán beneficiarse de una deducción del 15% del valor de adquisición. Eso sí, el precio del coche comprado no podrá superar el importe máximo establecido para cada tipo de vehículo en el Anexo III del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril.
En caso de tratarse de una empresa, también hay beneficios para ellas, como la posibilidad de aplicar la libertad de amortización en la adquisición de vehículos eléctricos nuevos destinados a la actividad empresarial, así como en la instalación de puntos de recarga.
Reformas para mejorar la eficiencia energética
Este año también están vigentes las deducciones del 20%, 40% y 60% de obras destinadas a mejorar la eficiencia energética en las viviendas.
Beneficios en plataformas de venta de segunda mano
Por primera vez Hacienda podrá cruzar datos con los de plataformas de compraventa de segunda mano como Vinted o Wallapop, alquiler de coches de particulares, contratación de servicios de limpieza, montaje de muebles o reparaciones, el arrendamiento de inmuebles vacacionales, o los servicios de inversión y depósitos de criptoactivos. Por ejemplo, aquella persona que supere las 30 ventas en Wallapop o tenga ingresos superiores a 2.000 euros en una de estas plataformas podría ponerse en el foco de Hacienda.
Afectados por las mutualidades
Otra de las novedades que tenemos que tener en cuenta este año está dirigida a los afectados por las mutualidades "que no les hayan hecho la deducción en sus declaraciones de la renta de 2019 a 2022. En diciembre de 2024 se dejó sin efecto el procedimiento que había establecido y, para las personas que no les han resuelto con fecha del 22 de diciembre de 2024, se deja sin efecto cualquier rectificación que hubieran hecho". Rocío avisa de que "este año tienen que comprobar que venga hecho el ajuste en sus datos fiscales" y de que ya está abierto el plazo para solicitar el año 2019.
Pago por Bizum
La Agencia Tributaria este año da un paso más en esto de la modernización e incluye entre sus novedades más llamativas la posibilidad de realizar el pago del impuesto a través de Bizum, además de los métodos clásicos como la tarjeta de crédito. También en el aspecto más técnico, se elimina la dualidad que existía en la gestión de posibles errores, a través de un solo procedimiento que es el de rectificación, por lo que se elimina la gestión por declaración complementaria.
Deducciones autonómicas
Una encuesta publicada indica que el 81% de los contribuyentes no sabe que existen más de 300 deducciones autonómicas que hace que del total de que 25 millones de rentas presentadas se dejen de ahorrar unos 9.000 millones de euros al año. Al respecto, Rocío nos comenta "que con carácter general, gana, siempre por goleada, el tema de las deducciones autonómicas. Cada una de las CCAA tiene la posibilidad de aprobar sus propias deducciones autonómicas año a año y es muy habitual que cuando miramos el borrador son deducciones que no están aplicadas de carácter general y que si no consultamos, una por una, esas deducciones pudiendo estar o no dentro de esos casos muchas veces esas no se aplican".
¿Y qué autonomías son las que más beneficios fiscales aplican y cuáles las que menos? "De media, cada CC. AA. tendría unas 20 deducciones autonómicas. Históricamente, la comunidad autónoma que más deducciones tiene es la Comunidad Valenciana, para que nos hagamos una idea este año tiene 38 deducciones y en contraposición las que tienen menos deducciones serían Cataluña y Andalucía, pero creo que en este caso no es tanto la cantidad como la calidad o el alcance que puedan tener, es decir, que es importante que sean aplicables, que no nos pongan unos límites muy pequeños" matiza la asesora fiscal.
Precisamente, para no perder la posibilidad de recuperar cualquier eurillo es importante revisar con lupa nuestros datos fiscales. "Hay que mirar siempre todos los rendimientos que vienen en los datos fiscales. Al final, la información que aparece en el borrador de Hacienda son datos que vienen informados por otras personas, siempre es importante que ese certificado que nos facilita nuestra empresa lo cotejemos. En el caso, por ejemplo, de los autónomos que también pueden tener facturas retenidas, siempre comprobarlo para que no haya incongruencias. Otro error que puede ocurrir y es bastante habitual es en cuanto a la deducción estatal de vivienda habitual. Estos últimos años ha habido mucho movimiento con el tema de las hipotecas, la entidad bancaria informa de unos datos, pero no siempre se corresponden con la realidad, con las amortizaciones o los intereses pagados durante el año", advierte Díaz de la Serna.
¿Intentamos engañar a Hacienda?
Cierto es que al ver tantas deducciones posibles, puede entrarnos la tentación de hacer alguna que otra 'trampilla' para que nuestra renta cambie de pagar a devolver. Sin embargo, y aunque pueda parecer extraño, las trampas con Hacienda parecen darnos temor, eso sí, errores se cometen como en cualquier otro aspecto de la vida. "Yo creo que no es tanto trampa, yo creo que es más, muchas veces el desconocimiento de la normativa, la que hace que nos podamos equivocar, siempre hay excepciones. Yo diría que hay más casos de personas que no aplican deducciones porque o bien no lo conocen, o temen aplicar algo que no les corresponda y que Hacienda les reclame. Creo que pecamos de no aplicar beneficios fiscales que podríamos aplicar por temor a equivocarnos", dice Rocío.
Y ¿qué ocurre si nos equivocamos o si Hacienda nos pilla en un renuncio? Pues entonces el error nos saldrá caro: "Si Hacienda nos manda un requerimiento y nos dice que hemos hecho esa pequeña trampa, o que nos hemos equivocado, tendremos que devolver la cantidad, con intereses de demora, y además, con un mínimo de esa sanción del 50% de esa cantidad de diferencia".
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