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Deuda saldada
Un juez retira una deuda de 153.000 euros a un matrimonio pensionista
El hombre recibía una pensión por incapacidad permanente con la que se mantenía él, su mujer, su hijo y ayudaba económicamente a su madre.
- La pensión del hombre era la única fuente de ingresos de la familia
- Aconsejados por su abogado, recurrieron al acuerdo extrajudicial de pagos
- El juez de Primera Instancia ha decidido exonerar a la pareja
Un juez de Gijón ha exonerado a un matrimonio del pago de una deuda de 153.000 euros.
La pareja había contraído la deuda al aplicar la Ley de Segunda de Oportunidad ante la imposibilidad de devolver el dinero a los acreedores con la pensión del marido como única fuente de ingresos.
La Ley de la Segunda Oportunidad es un proceso administrativo que permite a una persona cancelar sus deudas por incapacidad de pago.
El hombre recibe una pensión por incapacidad permanente con la que sobreviven él, su mujer y su hijo. Además, destina una parte del dinero para ayudar económicamente a su madre.
Varios problemas personales hicieron incrementar su deuda hasta que, al alcanzar los 153.000 euros, decidió pedir ayuda a un despacho de abogados.
Fue el abogado quién recomendó al matrimonio que tenía régimen de gananciales que, ante su situación de insolvencia, acudiera a la Ley de Segunda Oportunidad, también conocido como acuerdo extrajudicial de pagos.
Tras estudiar su caso, un juez de Primera Instancia de Gijón decidió liberar a la pareja de su deuda. Alegó, entre otras razones, la insuficiencia económica de la pareja y la ausencia de alguna condena penal en los diez años anteriores.
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