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Alquiler social

Los bancos tendrán que ofrecer un alquiler social a familias que okupen una vivienda en Cataluña

La Generalitat de Cataluña ha aprobado un decreto que obliga a bancos y fondos a renovar los alquileres sociales.

En resumen

  • El decreto obliga a ofrecer alquileres a quienes estén okupando una vivienda de modo irregular más de seis meses
  • También incluye el alquiler social obligatorio, con una duración de hasta siete años

Los grandes tenedores de viviendas, como bancos, fondos de inversión o de capital riesgo, tendrán que ofrecer un alquiler social a personas o familias que lleven más de seis meses ocupando una vivienda sin contrato y que estén en situación de vulnerabilidad acreditada antes de iniciar una demanda judicial.

El decreto ley de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda aprobado por el Govern incluye el alquiler social obligatorio, con una duración de hasta siete años, para personas que acrediten una situación de vulnerabilidad y se les acabe el contrato de alquiler, estén afectados por procesos de desahucios o lleven más de seis meses ocupando una vivienda en el momento de entrada en vigor del decreto.

Como novedad, el decreto también incluye entre los grandes tenedores de vivienda a los particulares que tengan más de 15 viviendas en propiedad, lo que permitirá a la Generalitat expropiar, como al resto de grandes tenedores, los pisos que estén más de dos año vacíos por el 50% de su valor. Sin embargo, estas personas físicas no tendrán que ofrecer alquiler social en el caso de pisos ocupados.

El conseller de Territorio, Damià Calvet, ha explicado que en 2018 se realizaron unos 13.900 desahucios en Cataluña, un 4,8 % más que el año anterior, y que en los dos primeros trimestres de este año la cifra ha sobrepasado los 6.900. Calvet ha presentado este nuevo decreto como un "plan de choque" que pretende combatir las situaciones de emergencia residencial, aumentar el número de viviendas protegidas en régimen de alquiler y contribuir a la moderación de los precios de los alquileres en viviendas privadas.

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