Subida a los alquileres
El nuevo índice del alquiler que pone tope a las subidas a partir de este año: la revisión máxima en enero es de un 2,2%
Hoy comienza el nuevo índice que regula las subidas en el precio del alquiler. En enero subirán un 2,2% , aunque cada mes este índice se actualizará.
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Hoy se ha publicado el nuevo índice de referencia para la actualización de los alquileres. Es un tope, un límite para los arrendadores cuando su inquilino tenga que renovar el contrato durante este 2025. En 2023 el tope era del 2% y en 2024 era del 3. El IPC ha sido el referente en los últimos años para las actualizaciones en los precios de las rentas.
Algunas preguntas a responder
¿Cuándo se hace efectivo el nuevo índice?
Este mismo viernes comienza las subidas con el nuevo índice y lo hace con dos por ciento, aunque cada mes se actualizará.
¿A qué contratos afectaría?
Todos los contratos que se hayan firmado desde el 25 de mayo de 2023 cuando se revisen, ya tendrán que actualizarse con el nuevo índice. Esa fecha hace referencia al día de entrada en vigor de la Ley de Vivienda.
¿Qué pasa con aquellos contratos firmados con antelación a la ley de vivienda?
En caso de haber firmado el contrato de alquiler antes de la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, ese alquiler seguirá ligado a la variación anual de IPC. Solo podrían acogerse a esté nuevo índice si tanto casero como inquilino así lo acordasen.
¿Cómo nos tiene que avisar nuestro casero?
Podemos consultar el índice en la web del INE , aunque nuestro casero tiene la obligación de avisarnos con un mínimo de treinta días de antelación.
¿Cómo se calcula la subida?
Pongamos un ejemplo, si en enero de 2024 firmamos un alquiler por 1000 mensuales, con el dos con dos por ciento de subida que ya se ha publicado hoy, nuestro casero nos podrá subir la renta en 22 euros.
Además desde el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, se ha lanzado una herramienta para ayudarnos a calcular cuánto nos subiría la renta del alquiler. Esta aplicación consta de una primera parte donde tendremos que elegir entre si nuestro contrato se firmó con anterioridad o posterioridad a la Ley de Vivienda. Después, tenemos que indicar lo que pagamos al mes por nuestra vivienda y dar a calcular. Al final de la pantalla nos aparecerán dos opciones, nuestra renta ligada al nuevo índice y el resultado ligado al IPC.
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