Aviones de Ryanair

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consejos de la ocu

Qué hacer, cómo actuar y qué podemos reclamar si nos cancelan un vuelo

La primera solución que nos ha de dar la compañía si cancela nuestro vuelo es el reembolso del billete o bien el cambio por un nuevo viaje.

Las huelgas convocadas para los próximos 25 y 26 de julio por las tripulaciones de cabina de Ryanair en España, Portugal y Bélgica provocarán la cancelación de hasta 300 de los 2.400 vuelos programados para cada uno de esos días.

En un comunicado, la compañía señaló que los paros afectarán a casi 50.000 pasajeros a diario durante esas dos jornadas, el 12% de todos sus clientes. Según la aerolínea, hasta 200 de los más de 850 vuelos diarios programados desde y hacia España serán cancelados.

Qué hacer una vez que han cancelado nuestro vuelo

Según la OCU, los pasajeros de avión que se vean perjudicados por la cancelación de un vuelo tienen derecho a elegir entre:

La devolución del importe del billete en el plazo de siete días, incluida la parte del viaje que ya hubiera realizado o las que le quedaran por realizar, si puede demostrar que su desplazamiento no tiene razón de ser (por ejemplo, no pudo llegar a tiempo a la reunión a la que acudía). También tiene derecho a un vuelo de vuelta desde el punto donde se interrumpió el viaje.

Ser transportado hasta su destino por el medio transporte alternativo más rápido posible. Esto normalmente pasa por la reubicación en otro vuelo, que no tiene porqué ser de la misma compañía aérea. También pueden usarse otros medios de transporte si fuera necesario.

Ryanair, de cara a la huelga de la próxima semana, ha informado en un comunicado que su servicio de atención al cliente se ha puesto en contacto con los usuarios para devolver el importe del billete cancelado u organizar traslados gratis en vuelos alternativos durante los siete días anteriores o posteriores a los paros.

¿Tengo derecho a una indemninación?

La compañía, según la OCU, no abonará ninguna compensación económica al viajero al que se le ha cancelado el vuelo en dos supuestos:

>>La aerolínea demuestra que la incidencia se debió a "circunstancias excepcionales". Sin embargo, este punto es bastante ambiguo ya que puede haber debate en qué se considera una circunstancia excepcional.

>>La aerolínea informa con antelación suficiente de la cancelación:

-Un mínimo de dos semanas.

-Entre dos semanas y siete días, pero ha de ofrecer al pasajero un transporte alternativo que le permita salir con no más de 2 horas de antelación y llegar a su destino final con no más de 4 horas de retraso respecto a su vuelo original.

-Menos de siete días, siempre que ofrezca al viajero un transporte alternativo que le permita salir con no más de 1 hora de antelación y llegar a su destino final con no más de 2 horas de retraso respecto a su vuelo original.

En caso de que no se cumplan estos requisitos, la aerolínea deberá pagar indemnizaciones en función del trayecto:

En vuelos de hasta.1500 kilómetros, 250 euros.

En vuelos entre 1.500 y 3.500 kilómetros, 400 euros.

Vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros, 400 euros.

Vuelos de más de 3.500 kilómetros, 600 euros.

Los vuelos operados por Ryanair son de corta y media distancia, por lo que la compensación que se puede reclamar sería de 400 euros, máximo.

Qué hacer en caso de huelga

Las huelgas legales no pueden considerarse "circunstancias excepcionales". Para que la aerolínea pudiera librarse de pagar indemnizaciones en este supuesto tendría que probar que ha tomado todas las medidas razonables y aun así, no ha podido evitar la cancelación.

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