OCU

¿Sabemos realmente qué términos y condiciones aceptamos? Enrique García, portavoz de OCU, avisa de la letra pequeña que esconden contratos abusivos

A raíz del caso Disney, donde un hombre no ha podido demandar a la empresa estadounidense por contratar sus servicios, ha surgido la duda sobre si sabemos qué aceptamos cuando nos suscribimos a alguna plataforma o red social.

Firma de contratos

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No es raro que de manera habitual contratemos algunos servicios audiovisuales, nos suscribamos a páginas web o compremos algo a través de Internet. En todas estas gestiones siempre debemos marcar una casilla que, en el caso de no querer marcarla, no podremos seguir adelante. "He leído y acepto los términos y condiciones...". Un 'check' que marcamos sin ni siquiera haber leído ni el primer punto. Y tampoco saber qué estamos aceptando.

El desconocimiento de estos términos y condiciones ha llegado hasta los tribunales de Florida. Es el caso de Kanokporn Tangsuan. Esta mujer de 42 años falleció en octubre de 2023 tras sufrir una reacción alérgica al ingerir unos alimentos en el parque temático de Disney World en Florida. Por este motivo, su marido, Jeffrey Piccolo, interpuso una demanda a la empresa por un homicidio por negligencia y le exigía una indemnización de 50.000 dólares.

Sin embargo, esta denuncia para Disney no suponía ningún trámite judicial. Esto se debe a que la víctima estuvo suscrita a la plataforma de vídeo en 2019 —donde pudo disfrutar de un mes de prueba gratis— y su marido, al comprar las entradas para el parque temático también aceptó esta casilla. ¿Y qué dice este apartado en el que la empresa se refugia? "Siempre que la legislación aplicable no lo prohíba, cualquier controversia entre usted y nosotros, excepto las disputas resueltas en tribunales de reclamos de menor cuantía o relacionadas con la propiedad o ejecución de derechos de propiedad intelectual, será resuelta mediante arbitraje de carácter individual y cuyo laudo será vinculante".

¿En España se puede dar un caso así?

Desde Antena 3 Noticias hemos hablado con Enrique García, portavoz de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), a quien le hemos preguntado si en nuestro país podemos sufrir un caso así. "Afortunadamente en España esto no se puede producir, porque directamente es ilegal", asegura García.

"El artículo 90 de la Ley General de Consumidores y Usuarios prohíbe el sometimiento expreso del consumidor a un arbitraje que sea distinto del consumo", continúa explicando. Además recuerda que nuestro país también "protege de la cláusulas abusivas en caso de contrato de adhesión". ¿Qué suponen estos contratos? "Que el consumidor no puede negociar ninguna de las condiciones". Unas condiciones que se imponen por parte de la compañía a millones de usuarios, pero que si "contravienen los derechos de los consumidores, no son validos, son nulos".

Uno de los casos más judicializados por contrato abusivo en España son los de los temas de gastos financieros, hipotecarios y de cláusulas suelo, continúa el portavoz de OCU. "Muchos consumidores han tenido que recurrir a la justicia para que anulara estas cláusulas y sus consecuencias económicas, que normalmente son negativas para los consumidores".

¿Qué hacer si sufrimos un abuso de este tipo?

García nos ha dado una serie de consejos para saber qué hacer si "un consumidor se vea afectado por una cláusula abusiva":

  • Primero, establecer una reclamación ante la empresa.
  • Segundo, poner una reclamación ante la dirección general de consumo de nuestra comunidad.

"Desde OCU recomendamos hacerlo de la mano de una organización de consumidores o de un profesional del derecho", dice García, ya que "habrá que valorar el alcance y, sobre todo, el coste de esa acción judicial". Asimismo, desde la organización quieren recordar que los consumidores "tenemos derecho ante la imposición de cláusulas abusivas por parte de las empresas en nuestros contratos".

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