Subsidios
El SEPE denegará el subsidio para mayores de 52 años en este caso
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha establecido que, para acceder al subsidio para mayores de 52 años, es imprescindible cumplir este requisito.

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El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha actualizado los criterios para la concesión del subsidio a mayores de 52 años. A partir de ahora, establecerá que los solicitantes deben tener al menos 15 años de cotización durante su vida laboral. De estos, 6 años deben ser de cotizaciones por desempleo.
Este requisito deriva del artículo 280 de la Ley General de la Seguridad Social, que establece las condiciones para poder acceder a una pensión. Según esta ley, para obtenerla, se debe haber trabajado y cotizado al menos 15 años y, al menos 2 de ellos, deben haber sido en los últimos 15 años antes de pedir el subsidio.
Una vez más, en este nuevo requisito no entran los autónomos. Las cotizaciones que hacen este tipo de trabajadores en el Régimen de Autónomos (RETA) no cuentan porque no son cotizaciones por desempleo. Es decir, si un autónomo no ha cotizado específicamente por desempleo (como ocurre, por ejemplo, con los empleados por cuenta ajena), no podrá recibir esta ayuda.
Aquellas personas que soliciten este subsidio deberán también cumplir con estos criterios:
- Estar inscritos como demandantes de empleo.
- No rechazar ofertas laborales.
- Tener ingresos mensuales inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
¿Y si deniegan el subsidio para mayores de 52 años?
Si no puedes cumplir con los requisitos necesarios para recibir este subsidio, hay una opción de acceder a otro tipo de ayudas. Existe el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva o el subsidio por insuficiencia de cotización. Ambos se puedan solicitar si uno no recibe la prestación por desempleo.
Aunque estos subsidios no cuentan para la jubilación, son una ayuda incluso mayor al subsidio del que hablamos.
En los primeros 6 meses se reciben 570 euros al mes.
Del séptimo al duodécimo, 540 euros al mes.
Después de un año, la cantidad es de 480 euros al mes.
Estas ayudas duran hasta un máximo de 21 meses si hablamos de la insuficiencia de cotización y 30 meses si se ha agotado la prestación contributiva.
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