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Renta 2019
¿Tengo que hacer la declaración de la Renta 2019?
Aunque la pandemia de coronavirus haya paralizado una gran cantidad de procesos, así como la actividad laboral en varios sectores, la declaración de la renta sigue sus plazos preestablecidos. Aquí podrás consultar quienes están obligados a rendir cuentas este 2019 con Hacienda.
Pese a que la crisis del coronavirus ha supuesto un gran frenazo en todos los ámbitos, tanto social como económico. La declaración de la renta 2019 sigue su hoja de ruta habitual para todos aquellos que deban desglosar sus cuentas del pasado ejercicio ante la Agencia Tributaria.
Así pues, Hacienda abrió el plazo para realizar la declaración de la renta este miércoles 1 de abril y establece la fecha límite en el próximo 30 de junio. Sin embargo, no todos tiene porque realizar dicho proceso.
Por consiguiente, estarán obligados a hacer la declaración de la renta 2019.2020 aquellos trabajadores que hayan percibido más de 22.000 euros de un solo pagador, así como, aquellos que, de varios pagadores, sumen más 14.000 euros durante todo el ejercicio. Eso sí, siempre que esos emolumentos de forma individual sean superiores a 1.500 euros.
Todo ciudadano que sea beneficiario de pensiones compensatorias, independientemente de su naturaleza, así como a los que su pagador no tiene obligación de retener o los que están sometidos a una retención de tipo fijo.
En lo que a capital mobiliario se refiere, todos los que superen los 1.600 euros anuales como fruto del rendimiento de estos activos, también deberán presentarse a la renta 2019.
Así mismo, rentas como las inmobiliarias imputadas; rendimientos derivados de las Letras del Tesoro; objetos de subvenciones para la adquisición de vivienda de protección oficial o de precio tasado; así como las ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas deberán también rendir cuentas.
Eso sí, siempre y cuando estas ganancias asociadas a los mencionados conceptos superen los 1.000 euros totales al término del ejercicio fiscal de este 2019. Misma cifra que se aplica a otros tantos casos.
Los rendimientos del trabajo, de capital o de actividades profesionales que superen esa franja de los 1.000 euros también deben de realizar la renta. Así mismo, tanto las ganancias patrimoniales como las pérdidas también tendrán que ser desglosadas, en el caso de estas últimas si la caída es igual o superior a 500 euros anuales.
También deberán realizar la renta 2019 todos aquellos que establecieron a España como residencia habitual el pasado año -si han pasado más de 183 días en nuestro país-, además de los que hayan trasladado su actividad laboral o infraestructura empresarial aquí.
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