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TRAS EL RECURSO presentado por Cs

La Junta Electoral prohíbe a TV3 y Catalunya Radio usar las palabras "exilio" o "presos políticos"

La JEC señala que "TV3 y Catalunya Ràdio han vulnerado el principio de pluralismo político y social, así como a la igualdad, proporcionalidad y la neutralidad informativa que deben regir la actuación de los medios públicos de comunicación en los periodos electorales".

La Junta Electoral Central (JEC) ha instado a los responsables de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales (TV3 y Catalunya Radio) a no usar términos y expresiones como "exilio", "presos políticos" o "juicio de la represión". "TV3 y Catalunya Ràdio han vulnerado el principio de pluralismo político y social, así como a la igualdad, proporcionalidad y la neutralidad informativa que deben regir la actuación de los medios públicos de comunicación en los periodos electorales", señala.

La JEC también ha ordenado la apertura de un expediente sancionador a los responsables de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales (TV3 y Catalunya Radio) por vulnerar "el pluralismo político y social" y la "neutralidad informativa" que exige la Ley Electoral en el tratamiento de la manifestación independentista de Madrid.

Estima así el recurso presentado por Ciudadanos contra la cobertura que ambos medios dispensaron a la manifestación que tuvo lugar en Madrid el pasado día 16.

Al estimar el recurso, revoca el acuerdo que había adoptado la Junta Electoral Provincial de Barcelona "por entender que la cobertura informativa proporcionada" por la Corporación "vulneró los principios de pluralismo político y neutralidad informativa" que recoge la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) en su artículo 66.

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