Elecciones 28M
Cómo hacer seguimiento de mi voto por correo para las elecciones municipales y autonómicas, ¿cuándo lo recibiré?
Ya se puede solicitar el voto por correo para las elecciones municipales y autonómicas 2023.
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Desde el pasado 4 de abril hasta el próximo jueves 18 de mayo está abierto el plazo para realizar el voto por correo en las futuras elecciones municipales y autonómicas. Cuando los electores dispongan de toda la documentación y está esté cumplimentada, será necesario que el ciudadano se persone en una oficina de correos en la que entregará la papeleta de voto.
El próximo 28Mse celebrarán las elecciones municipales y todo el país y las autonómicas en la mayoría de las comunidades y en las dos ciudades autónomas. Seguramente te incluyas en la lista de aquellos que prefieren votar por correo para no soportar las interminables colas de los colegios electorales, o por cualquier otra razón que te impida personarte en la Mesa electoral el 28M. Una de las preguntas más frecuentes surge en torno al día en que llegará a tu domicilio la documentación necesaria para votar por correo y si hay o no habilitado algún servicio de seguimiento hacia este.
Certificado de inscripción al respectivo censo electoral
Los ciudadanos que deseen ejercer su derecho a voto en estas elecciones municipales y autonómicas deberán solicitar en primer lugar el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral correspondiente. Este es un requisito indispensable y puede realizarse por vía telemática o presencialmente.
- Solicitud telemática del voto por correo. A través de la página web oficial de Correos los electores pueden solicitar el voto sin necesidad de tener que desplazarse. Los que opten por esta modalidad, deberán acreditar su personalidad mediante la firma electrónica y aceptando como válidos los certificados de persona física reconocidos por parte el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).
- Solicitud de voto por correo en oficinas. En cualquiera de las oficinas de Correos de España puede realizarse la solicitud de voto por correo, que se haría de forma personal por cada elector excepto en caso de discapacidad o enfermedad acreditada, en el que otra persona autorizada puede presentar la petición.
Para evitar las aglomeraciones en las sucursales de Correos, la compañía ofrece la modalidad de cita previa para la solicitud del voto por correo en la que puedes elegir la hora y día que más te convenga.
¿Cuándo recibiré mi voto por correo?
Tal y como se muestra en la página web oficial de Correos, las solicitudes recibidas serán remitidas desde la compañía a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, que serán las encargadas de enviar posteriormente los documentos necesarios para ejercer el derecho al voto a partir del 8 de mayo.
Así, desde esta fecha empezarán a recibir los electores del voto por correo en las elecciones municipales y autonómicas 2023 todo el material electoral.
Antes del 24 de mayo de 2023 deberás haber recibido en la dirección incluida dentro de la solicitud tu voto por correo, pues este mismo día termina el plazo para depositar el sobre en las oficinas de Correos, en sus horarios habituales.
¿Hay algún tipo de seguimiento en dónde pueda ver el estado de mi voto?
Desde la página web oficial del Instituto Nacional de Estadística (INE), aparece una sección titulada 'Sede Electrónica'. Si pinchas sobre esta, aparecerá otra subdivisión bajo el nombre de 'Elecciones municipales y autonómicas de 28 de mayo de 2023' en donde podrás consultar el estado de tramitación de tu solicitud de voto por correo.
Incluyendo el tipo de identificador (DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia), el número del mismo y tu fecha de nacimiento podrás comprobar en qué estado se encuentra la solicitud. Por otro lado, el INE dispone de un buzón de consultas abiertos en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral o llamando al siguiente número de teléfono: 900 343 232.
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