Ley de amnistía

El TC acepta la abstención de Campo y admite a trámite la cuestión de inconstitucional del Supremo sobre la amnistía

El Tribunal Constitucional resuelve ambos asuntos por unanimidad de sus 12 magistrados.

Puigdemont

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El Tribunal Constitucional acepta por unanimidad la abstención del magistrado Juan Carlos Campo y admite a trámite la cuestión de inconstitucionalidad que planteó el Tribunal Supremo sobre la aplicación de la ley de amnistía al delito de desórdenes públicos, según ha informado el TC.

El magistrado Juan Carlos Campo presentó su abstención porque dijo que la amnistía era "claramente inconstitucional" en los informes sobre los indultos a los condenados por el 'procés' cuando era ministro de Justicia en el Gobierno de Pedro Sánchez.

El Pleno ha contado este miércoles con el apoyo de sus 12 magistrados (los 7 progresistas y los 5 conservadores) admitiendo así la solicitud de Campo de apartarse como la consulta elevada por el Supremo. No es la primera vez que Campo se abstiene. Ya lo hizo en 2023 cuando un particular presentó un recurso de amparo por la amnistía cuando aún se estaba negociando la ley.

¿Qué supone la abstención de Juan Carlos Campo? ¿Cambian los votos? El Tribunal seguiría con los conservadores en minoría. Él forma parte del bloque progresista por lo que su decisión de apartarse no afectaría a la correlación entre los dos sectores, que quedaría 6 a 5.

A trámite la consulta del Supremo

El Constitucional también ha dado trámite, según recoge 'Europa Press', a la cuestión de inconstitucionalidad que le trasladó el Supremo en julio al considerar que el artículo 1 vulnera el derecho constitucional a la igualdad y los principios de seguridad jurídica, proscripción de la arbitrariedad y exclusividad jurisdiccional.

El Tribunal Supremo decidió consultar al TC después de estudiar el caso de dos condenados por desórdenes públicos por unos hechos ocurridos en Girona tras la sentencia que condenó al ex vicepresidente catalán Oriol Junqueras y otros líderes del 'procés'.

El Constitucional ya ha comunicado al Supremo que la admisión conlleva la suspensión automática del procedimiento por el que había preguntado el alto tribunal hasta que resuelva el fondo.

La respuesta al Tribunal Supremo llegará en un plazo de tiempo entre seis meses y doce meses. El fallo no se podrá extender automáticamente al resto de cuestiones de inconstitucionalidad y recursos que puedan llegar.

De acuerdo con las fuentes consultadas por Europa Press, cuando se resuelvan las dudas del Supremo, se procederá a actuar con los recursos de inconstitucionalidad presentados por el PP y varias comunidades autónomas, como Madrid, Cantabria, Galicia o Andalucía, entre otras.

Después de los recursos de inconstitucionalidad, la corte de garantías se detendrá en los recursos de amparo, los que un solo magistrado se puede ocupar de todos ellos.

El Defensor del Pueblo no recurrirá la ley de amnistía

El Defensor del Pueblo anuncia que no recurrirá la ley de amnistía al Constitucional por respeto institucional a los tribunales que ya la han recurrido y porque no ve razones para considerar que sea arbitraria.

Además, este martes, el juez Llarena ratifica su decisión de no amnistiar la malversación del 'procés' a Puigdemont, Comín y Puig. EL juez dicta un auto en el que desestima los recursos de reforma de Puigdemont y Lluis Puig y Antoni Comín, quienes ahora podrán recurrir la decisión del magistrado ante la Sala de Apelaciones del alto tribunal.

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