Amnistía Internacional cuestiona las penas de prisión impuestas a la cúpula del procés, al entender que el delito de sedición tipificado en el Código Penal es "vago" y permite una interpretación "excesivamente amplia y peligrosa" por parte del Supremo, por lo que urge a su "revisión".
La organización pro derechos humanos ha presentado sus conclusiones sobre el juicio a los líderes del 'procés' y a las penas dictadas por el Tribunal Supremo, en las que pide además la libertad "inmediata" para los dirigentes de la ANC y Òmnium, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, respectivamente, al entender que su condena supone una "amenaza" a los derechos de libertad de expresión y de reunión pacífica.
AI pide una mayor concreción sobre el delito de sedición
"Aunque cabe que los dirigentes políticos catalanes hubieran cometido un delito perseguible legítimamente teniendo en cuenta los cargos que ocupaban, su condena por sedición, un delito definido con excesiva vaguedad, vulnera el principio de legalidad" internacional de derechos humanos, argumenta AI en el documento, respecto a las sentencias a los exmiembros del Govern, entre ellos el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras.
Los expertos de AI, que siguieron las 52 sesiones de la vista y han analizado durante un mes la sentencia, consideran que los acusados tuvieron "en su conjunto un juicio justo", pero consideran que el delito de sedición recogido en el Código Penal es "vago" y "ambiguo", lo que ha llevado al Tribunal Supremo a realizar una interpretación "excesivamente amplia y peligrosa".
Las recomendaciones de Amnistía Internacional
La organización, en su informe, concluye con una serie de recomendaciones, entre ellas, precisamente, "revisar sustancialmente la definición del tipo penal de sedición para garantizar que no criminalice, indebidamente, actos de desobediencia civil pacífica ni imponga penas desproporcionadas para acciones relacionadas con el ejercicio de las libertades de expresión y de reunión pacífica". En este sentido, durante la rueda de prensa para dar a conocer su informe, representantes de Amnistía Internacional han alertado de que la sentencia del Supremo "abre la puerta" a que cualquier persona que participó en los actos de protesta del 20S o en el referéndum ilegal del 1-O puedan ser acusadas: "Abre la puerta a una amplia criminalización, es un riesgo latente", avisan.
El derecho internacional defiende los actos de desobediencia civil siempre que sena de forma pacífica
Recuerdan, en este sentido, que el derecho internacional ampara los actos de desobediencia civil pacífica e, incluso, el oponerse a una actuación judicial como la del registro del Departamento de Economía del 20S de 2017, si no hay violencia. En su análisis, AI diferencia claramente los casos de los Jordis de los de los exmiembros del Govern o el de la expresidenta del Parlament, ya que los primeros están amparados por los derechos a la libertad de expresión y de reunión pacífica como líderes de la sociedad civil, y consideran acreditado que el 20S, durante los registros en la consellería de Economía, no hubo violencia "ni incitación" a la misma.
Las condenas "vulneran el principio de legalidad" de los derechos humanos
Por ello, piden la liberación "inmediata" de los Jordis, que "nunca debieron ser encarcelados", y que se garantice un proceso que permita anular su condena por sedición, ya que la pena para los líderes de la entidades soberanistas es "desproporcionada" y supone una "restricción" a sus derechos de libertad de expresión y de reunión. En cambio, los exmiembros del Govern, en su condición de cargo público, si que pudieron cometer "algún delito", según Amnistía, pero cuestionan sus condenas por el delito "ambiguo y vago" de sedición, ya que "vulnera el principio de legalidad" de los derechos de los condenados recogido en el derecho internacional.
Así, en otras de sus recomendaciones, la organización reclama que, ante eventuales recursos que puedan plantear en el futuro los exmiembros del Govern, la Fiscalía y el Tribunal Constitucional tengan en cuenta esta "vulneración del principio de legalidad" por un delito, el de sedición, que por su "vaguedad" e "interpretación" resultan "contrarias al derecho internacional de los derechos humanos". Caso aparte es, también, el de la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, ya que se le atribuyen unos hechos enmarcados en la actividad de la cámara catalana, y aunque apuntan que también pudo cometer un delito, entienden que ha sido objeto de una condena "severa" y "desproporcionada" como el resto de la cúpula del procés.