Las personas que desde hoy quieran entrar en España por avión o barco han de presentar una PCR negativa en coronavirus si su destino es uno de los 65 países de riesgo. La prueba de diagnóstico de la COVID-19 tendrá que realizarse 72 horas antes de la llegada a nuestro país.
La PCR negativa se suma a las otras medidas contra el coronavirus que ya se llevaban a cabo a todos los pasajeros internacionales como la toma de temperatura, el control visual y el control documental.
Los aeropuertos españoles, además, mantienen los recordatorios por megafonía y con carteles luminosos de la obligatoriedad de llevar mascarilla y de cumplir las medidas higiénicas requeridas por las autoridades sanitarias.
Las PCR negativas en coronavirus deben llevarse ya en el momento del embarque, desde hoy los viajeros que lleguen de países en riesgo han de dirigirse a las ventanillas de control, en las que hay unos carteles con la leyenda 'foreing health authority' y donde miembros de Sanidad Exterior se encargarán de recepcionar las PCR que traigan así como de comprobar su autenticidad.
Si los viajeros no traen consigo la PCR negativa o la misma no es válida han de realizarse el test de antígenos en los propios aeropuertos cuyos resultados se conocerán aproximadamente en una hora. La infracción de esta norma acarrea sanciones que pueden llegar hasta los 6.000 euros.
Se han habilitado zonas en los aeropuertos para la realización de los test de antígenos, un área para antes de efectuar la prueba y otra para esperar los resultados. Si el pasajero da negativo en el test de antígenos podrá continuar su viaje con normalidad, y si da positivo se activarán los protocolos de alerta sanitaria establecidos en coordinación con las comunidades autónomas, para derivarlo a un centro sanitario.
El formulario de control sanitario, que todo viajero debe cumplimentar antes de su entrada a España, incluirá a partir de ahora una pregunta sobre si dispone de una PCR negativa realizada en las 72 horas previas a la llegada a nuestro país. El documento tiene que ser original, redactado en español o en inglés y en formato papel o electrónico.
Si el formulario no se ha podido cumplimentar telemáticamente, a través del código QR generado a través de la web www.spth.gob.es o de la aplicación Spain Travel Health-SpTH, se podrá presentar en formato papel antes del embarque, en cuyo caso tendrá que acompañarse con el documento acreditativo original de la realización de la prueba diagnóstica.
65 países figuran en la lista de zonas de riesgo ante el coronavirus
El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado 12 de noviembre la relación de países y zonas de riesgo cuyos pasajeros en origen necesitarán esta prueba diagnóstica, 65 en total. Esta lista se actualiza cada quince días en las webs www.mscbs.gob.es y www.spth.gob.es.
Los países incluidos son Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chequia, Chipre, Croacia, Dinamarca (excepto las Islas Faroe y Greenland), Eslovenia, Estonia, Francia, Grecia (excepto las regiones de Kitri, Ionia Nisia, Dytiki Ellada y Sterea Ellada), Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega (excepto las regiones de Rogaland, Møre og Romsdal, Nordland, Viken, Innlandet, Vestfold og Telemark, Agder, Vestland, Trøndelag y Troms og Finnmark), Países Bajos, Polonia, Portugal (excepto la región autónoma de las Isla Azores), Rumanía, Suecia, Liechtenstein y Eslovaquia.
En el listado también están Albania, Andorra, Argentina, Armenia, Aruba, Bahréin, Belice, Bosnia y Herzegovina, Cabo Verde, Colombia, Costa Rica, Emiratos Árabes Unidos, Estados Unidos, Federación Rusa, Georgia, Gibraltar, Guam, Jordania, Kuwait, Líbano, Libia, Macedonia del norte, Marruecos, Moldavia, Mónaco, Montenegro, Palestina, Panamá, Polinesia Francesa, Puerto Rico, Reino Unido, San Marino, San Martín, Serbia, Suiza, Túnez y Ucrania.