Presunto fraude fiscal

La Audiencia de Madrid rechaza el recurso del novio de Ayuso y avala investigar otros delitos

La Audiencia de Madrid defiende ampliar la investigación sobre González Amador abriendo una pieza separada.

Alberto González Amador

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La Audiencia de Madrid ha rechazado el recurso de la pareja de Ayuso y defiende ampliar la investigación sobre él abriendo una pieza separada. La Audiencia ve procedente investigar si Alberto Gonzalez Amador pudo cometer un delito en el presunto pago de comisiones encubiertas.

La sección tercera de la Audiencia Provincial ha desestimado el recurso que interpuso este empresario contra la decisión de la titular del Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid de abrir una pieza separada, al considerar que ahora "resulta procedente" esclarecer si los hechos pueden ser constitutivos de otros delitos.

La magistrada, a pesar de haberlo rechazado en un primer momento, terminó ampliando las pesquisas para indagar si González Amador -ya investigado por un presunto fraude de 350.951 euros a Hacienda y falsedad documental- pudo incurrir en "otros delitos distintos" a través del presunto uso de una sociedad pantalla para "ocultar unos ingresos que debían haber sido declarados".

Gozález Amador no declaró el 24 de febrero

Alberto González Amador rechazó declarar el pasado 24 de febrero ante la jueza, después de cuatro aplazamientos, argumentando que se encontraba a la espera de conocer la resolución de la Audiencia.

Los magistrados recuerdan al respecto que con la apertura de una pieza separada, "el juez debe valorar si los hechos que motivan el inicio de la investigación, son abstractamente constitutivos de delito, en cuyo caso debe incoar el oportuno procedimiento penal y proceder a su investigación, tal y como se ha hecho en este caso". En cuanto a esto, señalan que "ciertamente la inicial mención de una calificación en este estadio procesal carece de relevancia jurídica y no conlleva vinculación de clase alguna para las partes".

Para dar carpetazo a la pieza separada, recuerdan que se necesita la existencia de una claridad absoluta sobre la atipicidad de los hechos, "circunstancia que no concurre en el caso de autos" a la vista "de la documentación notarial y tributaria unida a la causa". Es por lo que los magistrados consideran "procedente" la sustanciación del proceso "en orden a esclarecer si los hechos objeto de la pieza separada abierta pueden ser constitutivos de infracción penal".

"Las operaciones económicas y jurídicas realizadas, podrán o no tener el alcance que se reseña por los recurrentes, pero a la conclusión que corresponda debe llegarse tras la correspondiente investigación abierta", añaden.

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