La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional devuelve a Pablo Iglesias la condición de perjudicado en el 'caso Dina' al estimar los recursos de apelación del vicepresidente segundo y Dina Boulselham contra el auto del juez de instrucción Manuel García Castellón que le retiró dicha condición en la pieza que investiga la sustracción del teléfono móvil de su exasesora.
Los magistrados de la Sección Tercera recuerdan en su escrito que el objeto que dio lugar a esta pieza fue una presunta organización criminal a través de la cual los investigados supuestamente comercializaban, aprovechando la condición policial de Villarejo, servicios ilícitos de acceso a documentación restringida, seguimientos a personas o intervenciones sin autorización judicial.
La Sala añade que en el registro de la vivienda del comisario jubilado, entre el material incautado se encontró un dispositivo informático de almacenamiento que contenía archivos con documentos procedentes del móvil de Bouselham.
Advertencia al juez
La Sala de lo Penal asegura que cuando el juez García Castellón retiró la condición de perjudicado a Pablo Iglesias no había pruebas para sustentar que los hechos se produjeran conforme a alguna de las hipótesis alternativas planteadas por el magistrado. Advierte de hecho al magistrado de que "no le compete investigar cuestiones ajenas a la causa, como por ejemplo si fue o no Iglesias quien dañó la tarjeta".
El juez instructor consideró que la condición de perjudicado de Iglesias era "insostenible" puesto que la investigación no había concretado "en qué medida resulta ofendido o perjudicado" y se refiere a las "contradicciones" entre su declaración y la de Bousselham.
Según su tesis, podrían existir "otras fuentes de publicación" del contenido de la tarjeta, incluidos los propios Iglesias y Bouselham, dado que ésta admitió que pudo enviar capturas de pantalla a varias personas, y que el líder de Podemos declaró que, tras entregarle la tarjeta el presidente del grupo Zeta, la tuvo en su poder "durante varios meses", ocultándosela a su exasesora, a quien se la "devolvió dañada".
No hay pruebas
La Sala de lo Penal asegura que "no hay pruebas que sustenten" las "meras hipótesis que no desvirtúan" la conexión de Iglesias con la razón por la que se le consideró perjudicado. Insiste eso sí en que sí hay indicios compatibles con la atribución a la supuesta organización comandada por Villarejo de la "obtención ilícita y la publicación de los datos del teléfono" de Bousselham.