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DICE QUE "NO HA LUGAR"

La Audiencia de Málaga rechaza suspender el ingreso en prisión de Isabel Pantoja

La tonadillera Isabel Pantoja ha anunciado que procederá "de inmediato" a interponer un recurso de súplica ante la Audiencia Provincial de Málaga. La artista, que fue condenada a dos años de cárcel por blanqueo de capitales, apura su última oportunidad para eludir su ingreso en prisión.

La Audiencia Provincial de Málaga ha rechazado suspender el ingreso en prisión de la tonadillera Isabel Pantoja, condenada a dos años de cárcel por blanqueo de capitales. La artista ha reaccionado con rapidez: procederá "de inmediato" a interponer un recurso de súplica.

El Tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia de Málaga, encargado de ejecutar la sentencia, ha rechazado la petición de la artista, aunque le da un plazo de tres días para interponer un recurso de súplica, según han informado fuentes judiciales.

Este recurso de súplica, que deberá estudiar el mismo tribunal de la Audiencia, sería la última oportunidad de Isabel Pantoja para eludir su ingreso en prisión.

Precisamente, este mismo lunes, la Fiscalía Anticorrupción en Málaga se ha opuesto a la petición realizada por la defensa para suspender su ingreso en prisión, argumentando, entre otros aspectos, que la cantante aprovechó su relación sentimental con el exalcalde de Marbella Julián Muñoz, condenado por esta causa también, "favoreciendo la ocultación y opacidad de sus actos".

Además, la fiscal alegó que realizó distintos actos de blanqueo "respondiendo a un propósito bien definido y firme con desprecio absoluto, como mínimo, a sus vecinos de Marbella, al cooperar y beneficiarse de las arcas públicas del Ayuntamiento saqueadas, entre otros, por su pareja"; añadiendo que "ni en el juicio ni después da la más mínima muestra de reconocimiento de error o arrepentimiento".

La Audiencia dice en su auto que la cantante cumple las condiciones que señala el Código Penal para conceder la suspensión, ya que no tiene antecedentes penales y la condena es de dos años de cárcel; pero recuerda que esta concesión es una potestad del Tribunal y que hay que tener en cuenta otras circunstancias, como la gravedad de la conductas.

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