La Sala Segunda del Tribunal Supremo de Brasil ha autorizado la extradición a España de Carlos García Juliá, uno de los autores de la matanza de los abogados de Atocha de 1977, que fue detenido en diciembre de 2018 en Sao Paulo tras más de 20 años en busca y captura.
La decisión del Supremo sobre García Juliá, condenado en 1980 a 193 años de prisión como autor material de cinco asesinatos en el despacho de los abogados laboralistas en el centro de Madrid, se ha tomado por unanimidad y sigue el criterio de la Fiscalía General brasileña, según ha informado en una nota de prensa este último órgano.
Los magistrados consideran que la petición de extradición de las autoridades españoles cumple los requisitos de doble tipicidad y doble castigo y, además, la causa por la que se reclama a García Juliá no se refiere a crímenes políticos, sino a delitos comunes.
Según la fiscal general, Raquel Dodge, la solicitud de extradición describe adecuadamente los hechos y no fue presentada "con el propósito de hostigar o castigar al extraditado por sus opiniones políticas".
Ingresará directamente en prisión cuando llegue a España
Carlos García Juliá ingresará directamente en prisión cuando se ejecute su entrega a España por parte de las autoridades de dicho país. Así lo han señalado fuentes de la Audiencia Nacional, que fue la que condenó a García Juliá a 193 años de cárcel en 1980.
Así, y una vez se produzca la entrega -para lo que no hay aún fecha- se tramitará el traslado al Aeropuerto de Barajas de una comisión judicial ejecutoria que portará un mandamiento de prisión referido a la orden de busca y captura que pesaba sobre el extremista. Una vez en prisión, según las mismas fuentes, se deberá hacer una nueva liquidación de condena por parte de las autoridades penitenciarias que debe ser validada por la Audiencia Nacional, y sobre la que cabrá recurso por las partes.
Quebrantamiento de condena
Ya el pasado mes de diciembre, cuando trascendió su detención, fuentes jurídicas apuntaron que García Juliá deberá además someterse a un nuevo juicio cuando sea entregado a España por quebrantamiento de condena. Este procedimiento se tramitaría en los juzgados ordinarios.
La decisión del Supremo brasileño sobre García Juliá se adoptó por unanimidad y sigue el criterio de la Fiscalía General brasileña. Los magistrados consideran que la petición de extradición del Gobierno español cumple los requisitos de doble tipicidad y doble castigo y que, además, la causa por la que se reclama a García Juliá no se refiere a crímenes políticos, sino a delitos comunes.
Como integrante del grupo de terroristas de extrema derecha que perpetraron la matanza en un despacho de abogados de Comisiones Obreras en la calle Atocha de Madrid, García Juliá fue condenado como autor material de cinco asesinatos, así como por otros tres asesinatos frustrados y por tenencia de armas.
Tras cometer el crimen, a la edad de 22 años, pasó más de un mes escondido hasta que fue detenido en marzo de 1977 y, posteriormente, juzgado y condenado. En 1991 se le concedió la libertad condicional y en 1994 solicitó autorización judicial para salir de España.
Desde entonces, consiguió mantenerse oculto sin atender al requerimiento judicial formal, residiendo en países como Chile, Argentina, Venezuela y, finalmente, Brasil. Cuando fue arrestado el pasado diciembre, García Juliá utilizaba una identidad falsa de un ciudadano venezolano.
La Audiencia Nacional había mantenido abierta la petición de búsqueda, detención e ingreso en prisión de García Juliá para que cumpliera en España los más de 3.800 días (poco más de diez años) que tiene pendiente de prisión después de que se le revocara la concesión de libertad provisional.