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Coronavirus

El BOE publica las normas de uso de la mascarilla obligatoria por el coronavirus a partir de mañana jueves

A partir del jueves 21 de mayo, será obligtorio el uso de mascarilla en interiores y exteriores en donde no se pueda garantizar los dos metros de ditanciamiento por la pandemia de coronavirus.

Las mascarillas serán obligatorias para evitar la propagación del coronavirus a partir de mañana jueves, 21 de mayo. Deberán usarla todas las personas, desde niños de seis años, en lugares cerrados y en espacios abiertos cuando no se pueda garantizar los dos metros de distancia que se recomienda como garantía sanitaria para prevenir los contagios.

El Boletín Oficial del Estado ha publicado ya las normas que serán de obligado cumplimiento y dice:

El uso generalizado de mascarillas por parte de la población general para reducir la transmisión comunitaria del SARS-CoV2 está justificado no solo por su alta transmisibilidad, sino también por la capacidad que han demostrado las mascarillas para bloquear la emisión de gotas infectadas, muy importante cuando no es posible mantener la distancia de seguridad.

Eficaces para bloquear las gotas contaminadas por coronavirus y evitar, así, la propagación de COVID-19

Asimismo, es necesario seguir un principio de precaución que permita continuar por la senda de la reducción de los casos de contagio de la enfermedad en nuestro país, principalmente cuando no se dispone de otras medidas como la vacunación.

Así, mediante la presente orden se dispone, con carácter general, el uso obligatorio de mascarillas en personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros, siendo recomendable su uso para la población infantil de entre tres y cinco años.

Las excepciones

No serán obligatorias para aquellas personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por la utilización de la mascarilla y a aquellas cuyo uso se encuentre contraindicado por motivos de salud o discapacidad.

Asimismo, su uso no será exigible en el desarrollo de actividades que resulten incompatibles, tales como la ingesta de alimentos y bebidas , así como en circunstancias en las que exista una causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

¿Y la práctica de deporte?

El BOE no dejaba claro qué hacer durante la práctica de deporte al aire libre. Sanidad responde a Antena 3 Noticias, que quedarían exentos de llevar mascarillas aquellos que hagan deporte que "suponga un esfuerzo físico que dificulte la respiración", por ejemplo, en el caso de las personas que salen a correr o montan en bicicleta.

Tipo de mascarillas

Se puede utilizar cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca.

El uso de mascarilla será obligatorio en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.

Esta norma tendrá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», es decir, desde mañana jueves 21 de mayo y estará vigente durante el estado de alarma y sus posibles prórrogas.