Inmigración

Canarias aprueba un protocolo para acabar con el "desorden" en la acogida de menores migrantes

El Gobierno canario ha establecido unos nuevos requisitos para hacerse cargo de los menores no acompañados. No está dispuesto a aceptar a los que no estén identificados.

centro de menores canarias

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El Gobierno de Canarias ha publicado en su Boletín Oficial un protocolo que marca los puntos a cumplir en el proceso de tutela de los menores llegados en cayuco. Entre los pilares de este documento destaca que los menores competen inicialmente al Estado, y anunciando que no aceptará a menores en sus centros de acogida si no llegan correctamente identificados y con una asignación individualizada.

El documento pretende dar respuesta a lo que defino como "el desorden en el acto de recepción de menores en grupo entregados por funcionarios de Policía Nacional a personal de entidades colaboradoras de centros de acogida del sistema de protección de Canarias".

El protocolo, asegura el Ejecutivo, da cumplimiento al Protocolo Marco estatal en relación con los menores extranjeros no acompañados, aprobado por Resolución de 13 de octubre de 2014, y subraya que los menores migrantes "no están desamparados, porque cuentan con la atención inmediata del Estado, que asume responsabilidades internacionales de rescate en el mar y las competencias constitucionales de control de fronteras y de flujo migratorio hasta su debida asignación o ubicación, según la situación jurídica en que se encuentren". Esta postura, defendida por el Gobierno de Fernando Clavijo, ya fue adelantada por el presidente regional el pasado 2 de septiembre.

Establece además que los menores serán entregados una vez que Canarias "verifique" que tiene plazas disponibles.

Tendrán que realizar una entrevista personal

Del mismo modo, antes de asignar a un menor a la comunidad de Canarias, este debe ser oído en una entrevista personal "con intervención del Ministerio Fiscal en salvaguarda de sus derechos", y en presencia de un intérprete de su lengua materna u otra que pueda entender, con conocimiento del fiscal, versa el documento.

Entre los puntos más relevantes destaca la necesidad de la identificación de los menores, que deben ser inscritos en el Registro de Menores Extranjeros no Acompañados y con una "resolución individualizada por el órgano correspondiente del Estado.

La documentación debe incluir no solo la identidad del menor sino también sus circunstancias individuales, entre ellas los detalles de cómo y dónde fue hallado y los datos que "sean de interés para los derechos del menor". En esta línea destaca que la entrevista al menor buscará conocer si puede ser solicitante de refugio, asilo o protección internacional (materias que no son competencias de la comunidad) o si tiene algún familiar en España o cualquier otro país de la Unión Europea que lo pueda acoger.

En el caso de que haya duda de si efectivamente se trata de un menor, se exigirá una resolución cautelar o urgente del Ministerio Fiscal que determine si debe ir a un recurso con otros niños y adolescentes o, por el contrario, se le ha de ofrecer ayuda en un centro de adultos.

Del mismo modo, señala que tiene el objetivo de proteger a los trabajadores públicos y de las ONG y garantizar los derechos de los menores.

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