El juez Elpidio José Silva

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LO MANTUVO 15 DÍAS EN PRISIÓN

El CGPJ no admite la solicitud de amparo remitida por el juez del caso Blesa

El magistrado dijo en su informe sufrir injerencias en su trabajo por parte de la Fiscalía de Madrid y de miembros del propio CGPJ así como de periodistas.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha inadmitido la solicitud de amparo remitida por el juez de Instrucción de Madrid número 9, Elpidio José Silva, instructor del "caso Blesa", ante las presiones que dice sufrir desde distintos ámbitos.

En su escrito, el magistrado que mantuvo 15 días en prisión al expresidente de Caja de Madrid Miguel Blesa dice sufrir injerencias en su trabajo por parte de la Fiscalía de Madrid, de miembros del propio CGPJ y de algunos periodistas.

Fuentes del órgano de gobierno de los jueces han informado de que en la reunión, que no ha estado presidida por el presidente del CGPJ, Gonzalo Moliner, los cinco vocales han decidido por unanimidad no estudiar la petición de amparo que presentó el titular del Juzgado número 9 de Madrid el pasado martes.

En su escrito, Silva se consideraba presionado tanto por la Fiscalía como por Moliner, a raíz de unas declaraciones que éste realizó en Sevilla el pasado 23 de mayo, en las que confió en que el expediente que instruye el CGPJ contra el juez "llegue a buen fin" después de que el Tribunal Supremo anulara otras sanciones anteriores.

"Ya veremos en qué acaba, pues le hemos sancionado ya cuatro veces y dos de ellas han sido revocadas por la Sala de lo Contencioso por problemas de caducidad", señaló Moliner. Por ello, el también presidente del Tribunal Supremo no ha participado en la reunión, ya que él es una de las personas citadas en el escrito de Silva, que también denunció presiones e "injerencias" de miembros de la Fiscalía y de periodistas.

El expediente abierto el pasado abril a Silva, que no está relacionado con el caso Blesa, podría acabar con su expulsión de la carrera judicial, ya que se le imputan dos faltas muy graves -una por retraso injustificado en la tramitación de los procedimientos y otra por falta de motivación de sus resoluciones- y otra grave por desconsideración hacia los funcionarios de su Juzgado.

Según el artículo 420.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, las faltas graves se castigarán con multa de entre 300 y 3.000 euros, y las muy graves con la suspensión, el traslado forzoso o la expulsión de la carrera. La petición de amparo de Silva, que se produjo el pasado martes, vino precedida el pasado día 13 de unas declaraciones del magistrado en las que denunció "muchísimas presiones" e "injerencias" en su trabajo.

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