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PRIMER PASO PARA FRENAR LA CONSULTA

El Consejo de Estado apoya que el Gobierno recurra la ley de consultas y el 9-N

El Consejo de Estado ha aprobado por unanimidad los dictámenes en los que apoya que el Gobierno recurra ante el Tribunal Constitucional (TC) la ley de consultas catalana y el decreto de convocatoria de la consulta soberanista del 9 de noviembre.

El Consejo de Estado ha aprobado por unanimidad los dictámenes en los que apoya que el Gobierno recurra ante el Tribunal Constitucional (TC) la ley de consultas catalana y el decreto de convocatoria de la consulta soberanista del 9 de noviembre.

Fuentes del Consejo de Estado han confirmado que la Comisión Permanente, integrada por el presidente, José Manuel Romay Beccaría, y los consejeros permanentes, que la reunión de dicha Comisión ha finalizado con la aprobación, por unanimidad, de los dos dictámenes favorables a la presentación del recurso.

La Comisión Permanente ha aprobado el informe que solicitó el Ejecutivo después de que el presidente catalán, Artur Mas, firmara el decreto de convocatoria de la consulta y lo remitirá en las próximas horas al Gobierno. Este dictamen es preceptivo aunque no vinculante para que el Gobierno interponga los recursos ante el TC que anunció ayer la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría. Con este informe ya en su poder, el Gobierno aprobará los recursos y dará instrucciones a la Abogacía del Estado para que los presente ante el Tribunal Constitucional.

Será en el Consejo de Ministros extraordinario que se celebrará mañana, lunes, cuando el Gobierno acuerde la presentación de los recursos de inconstitucionalidad y que estará presidido por el jefe del Gobierno, Mariano Rajoy, que volvió en la últimas horas de China. Una vez que el Gobierno haya presentado el recurso en el TC, esta institución deberá decidir cuándo convoca un pleno extraordinario para debatirlo, ya que no hay ninguno ordinario previsto para la próxima semana.

El presidente del TC tiene entre sus atribuciones la convocatoria del pleno, según establece el artículo 15 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. También el Reglamento de la institución recoge, en su artículo 4, que el presidente convocará el pleno por propia iniciativa y cuando lo pidan, al menos, tres magistrados. La convocatoria del pleno se hará con tres días de antelación, salvo que, a juicio del presidente, "la urgencia del caso no permita cumplir ese plazo", según la normativa.

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