El Tribunal Supremo ha archivado la querella contra el secretario general de Vox, Javier Ortega Smith, por sus declaraciones sobre las mujeres conocidas como las 'Trece Rosas'. Ortega Smith afirmó que las jóvenes republicanas, fusiladas en 1939, "torturaban, asesinaban y violaban vilmente" en las 'checas' de Madrid. El Supremo ha considerado que estas afirmaciones no constituyen delito.
Ortega Smith dijo lo siguiente sobre las 13 jóvenes republicanas conocidas como las 'Trece Rosas', fusiladas en 1939: "¿Sabe cómo se ha mentido en la historia hablando de algunas que llamaban las Trece Rosas? Resulta que lo que hacían era torturar, violar y asesinar vilmente".
En relación a la existencia de un posible delito de incitación al odio, que fue apoyada por la Fiscalía, el tribunal explica que la función jurisdiccional consiste, en estos casos, "en valorar, atendiendo a las circunstancias concurrentes, y la expresión de las ideas vertidas, si la conducta que se enjuicia constituye el ejercicio legítimo lícito del derecho fundamental a la libertad de expresión y, en consecuencia, se justifica por el valor predominante de la libertad o, por el contrario, la expresión es atentatoria a los derechos y a la dignidad de las personas a que se refiere, situación que habrá de examinarse en cada caso concreto".
Añade que debe exigirse, para considerar legítima la sanción penal, además de la difusión de esas ideas, que ello implique una incitación o una provocación al odio a determinados grupos por motivos racistas, antisemitas o ideológicos, "de manera que represente un peligro cierto de generar un clima de violencia y hostilidad que puede concretarse en actos específicos de violencia, odio o discriminación contra aquellos grupos o sus integrantes como tales".