Plan anticrisis
Estos son los alimentos de primera necesidad que no van a tener IVA
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un nuevo paquete de medias anticrisis como respuesta a las consecuencias económicas de la guerra en Ucrania.
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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez ha anunciado el nuevo paquete de medidas económicas para hacer frente al impacto de la Guerra de Ucrania. Se suprime durante seis meses el IVA del 4% que se aplica a todos los alimentos de primera necesidad y se rebaja del 10% al 5% el del aceite y la pasta para hacer frente al impacto de la guerra de Ucrania y el alza de la inflación.
Estos son los alimentos que no tendrán IVA y los que sufrirán una bajada de su coste.
Bajada del IVA
La bajada del IVA se aplicará en los siguientes productos:
- Alimentos de primera necesidad (pan, harinas panificables, leche, queso, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, patatas, cereales) pasa del 4% al 0%
- Aceites y pasta, baja del 10% al 5%
Por lo tanto; todos los productos están sujetos al 10% del IVA (carne, pescado, aceite o pasta), salvo aquellos que se consideran alimentos de primera necesidad como la leche, los huevos, las frutas y verduras, el pan o las legumbres, que se gravan con el tipo superreducido del 4%. Aunque, hay ciertos alimentos que no se encuadran en ninguna de estas categorías, como las bebidas azucaradas o alcohólicas, a las que se les aplica el tipo general del IVA del 21%. Las familias tendrán una ayuda de 200 euros en concepto de compra si cumplen con unos requisitos. Las medidas destinadas a abaratar as cestas de la compra permitirá marcar un punto de inflexión.
Otras medidas
El Gobierno ha aprobado además un cheque de ayuda de 200 euros que irá destinado a 4,2 millones de familias en España, personas con una renta inferior a 27.000 euros y con un patrimonio que no supere los 75.000 euros.
Las medidas anticrisis serán extendidas en el grueso de las medidas de rebaja del IVA , del gas y la electricidad durante seis meses, la prohibición del corte de suministros esenciales y se mantiene el aumento del 15% del IMV y pensiones no contributivas.
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El Consejo de Ministros ha establecido una prórroga para los contratos de alquiler que finalicen antes del 30 de junio de 2023. Además ha decidido extende hasta el 31 de diciembre de 2023 la limitación del 2% en la revisión anual de las rentas de los contratos en vigor.
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