El Tribunal Europeo de Derechos de Estrasburgo ha condenado a España a pagar 10.000 euros a dos inmigrantes que fueron devueltos a Marruecos tras penetrar en España a través de la valla de Melilla. El Alto Tribunal considera que en los hechos denunciados se ha producido una expulsión colectiva y se ha impedido el acceso a un recurso, algo que viola la Convención Europea de los Derechos Humanos.
La sentencia, cuyo fallo es unánime -aunque recoge un voto particular del juez ruso Dmitry Dedov -, se refiere al retorno inmediato de dos inmigrantes, N.D. y N.T., de Costa de Marfil, registrado el 13 de agosto de 2014, que habían intentado entrar en territorio español a través de la valla de Melilla.
Según el auto, ambos inmigrantes fueron expulsados y enviados de vuelta a Marruecos en contra de sus deseos sin que mediara intervención administrativa o judicial previa.
En este sentido, señala que "en ningún momento" fueron sometidos a procedimiento de identificación por parte de las autoridades y llega a la conclusión de que las medidas adoptadas corresponden a una actuación de naturaleza colectiva.
Además, añade que la versión de las demandantes sobre su intento de escalar la valla hacia Melilla fue corroborada por numerosas declaraciones de testigos y periodistas, recogidas por los comisionados de la ONU para Refugiados y Derechos Humanos.
Por último, el Tribunal de Estrasburgo detecta un "vínculo claro" entre "expulsión colectiva" en la frontera de Melilla y la falta de acceso a un recurso que les hubiese permitido presentar su queja ante una autoridad competente y obtener un minucioso y riguroso examen de sus solicitudes antes de ser devueltos.