Amnistía

La fiscalía pide aplicar la Ley de Amnistía a 12 acusados de diversos delitos relacionados con el Proçés

En la puerta de la Audiencia Nacional se han visto abrazos y alegría entre los 12 acusados por la Fiscalía de diversos delitos que en algún caso alcanzaban los 27 años de cárcel.

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Este jueves se celebraba ante la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional la vista para decidir si la Ley de Amnistía, en vigor desde hace pocos días, debía poner fin al procedimiento para los doce miembros de los Comité de Defensa de la República, sin llegar a desarrollar el juicio.

Tras una extensa defensa por parte de los abogados de los acusados que han reiterado que sus defendidos debían ver aplicados los efectos beneficiosos de la Ley de Amnistía le llegó el turno a la Fiscalía de la Audiencia que finalmente ha hecho lo que se preveía. La Fiscalía de la Audiencia Nacional, representada por la Teniente Fiscal, Marta Durántez Gil, ha mantenido la aplicación de la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña.

Lo ha justificado en el art. 2 de la LO 1/2024 que establece límites a la aplicación de la amnistía. Así, no podrán amnistiarse: Los actos dolosos contra las personas que hubieran producido un resultado de muerte, aborto o lesiones al feto, la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro, la pérdida o inutilidad de un sentido, la impotencia, la esterilidad o una grave deformidad. La fiscal en su alegato ha mantenido que ninguno de los hechos objeto de acusación se incardinan en los supuestos excluidos de la LO 1/2024, que no admite otra interpretación que la gramatical, dado que la misma no ofrece duda y en conjunción con la finalidad perseguida por el legislador, expresada en la Exposición de Motivos de la citada norma (artículo 3.1 del Código Civil).

Así pues la Fiscalía de la Audiencia Nacional ha considerado procedente la aplicación de la Ley Orgánica 1/2024, y declarar que concurre la amnistía así como la declaración de la extinción de la responsabilidad criminal de los acusados y el sobreseimiento libre de las actuaciones.

Alegría entre acusados y sus defensas

A la salida de la sesión Ignacio Fuster-Fabra, abogado acusación popular se ha mostrado “decepcionado con fiscalia, nosotros sabemos lo que es el terrorismo” ha dicho. La alegría llegaba por parte de los 12 encausados y sus representantes legales, ⁠Eva Pous, abogada Alerta Solidària y Txevi Buigas, letrado de uno de los procesados por no han escondido su buen anímo y han dicho que esto era lo que esperaban, que la Fiscalía de la Audiencia pidiera la aplicación de la Ley de Amnistía para sus defendidos

Ahora, será la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, el tribunal encargado del enjuiciamiento, el que debe decidir si pone fin al procedimiento mediante la aplicación de la amnistía, Algo que se deberá conocer en los próximos días.

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