El departamento de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat ha informado al Ayuntamiento de Mataró que plantar cruces en las playas requiere de un permiso, ya que la normativa estatal establece que cualquier uso intensivo de las playas necesita de una previa autorización de la administración autonómica.
El Ayuntamiento de Mataró (Barcelona) ha pedido a la Generalitat asesoramiento sobre una convocatoria para el próximo domingo para plantar cruces amarillas en la playa de este municipio del Maresme, una convocatoria organizada tras la polémica retirada por un grupo de encapuchados el pasado lunes de las cruces amarillas plantadas en la playa de Canet de Mar, en la que se produjeron enfrentamientos que acabaron con tres heridos.
Fuentes de la Generalitat han confirmado que no han recibido ninguna petición para colocar cruces en la playa de Mataró el próximo domingo y que si la recibe, y el Ayuntamiento les remite su informe preceptivo antes del domingo, "la valoraremos".
En este sentido, las mismas fuentes han señalado que los permisos también son necesarios si el uso intensivo de la playa es, por ejemplo, para actividades como fiestas infantiles o vecinales o actividades lúdicas o similares.
"La entidad o la asociación que promueva la actividad debe facilitar ciertos datos para que se pueda valorar, como la superficie de playa que ocupará o el tiempo que durará", han señalado fuentes de la Generalitat.
Según la normativa, la tramitación ordinaria de estas actividades requiere un primer informe del Ayuntamiento, que tiene un plazo máximo de un mes para hacerlo llegar a la Generalitat, mientras que el Departamento de Territorio y Sostenibilidad dispone de cuatro meses para resolver la petición de autorización, bien sea aceptándola o denegándola.
"En cualquier caso, un acto como el de plantada de cruces tiene cabida como autorizable según la normativa estatal", han aclarado las mismas fuentes.
La norma también establece que en caso de que una actividad autorizada incumpla algunas de las condiciones de la autorización, compete al Departamento de Territorio y Sostenibilidad sancionar, pero si la actividad se lleva a cabo sin autorización, entonces le corresponde al Estado decidir si sanciona, aunque esta competencia, en este momento, se encuentra en litigio en el Tribunal Supremo.