Universidades
Las claves de la Ley de Convivencia Universitaria, que pone fin a las novatadas y al acoso en las aulas
El Ministerio de Universidades pretende aprobar este martes en el Consejo de Ministros el anteproyecto de Ley de Convivencia Universitaria, donde tras su aprobación, se comenzará la tramitación parlamentaria. Este anteproyecto de Ley, que sustituye un decreto franquista de 1954.
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El Ministerio de Universidades ha aprobado este martes al Consejo de Ministros el anteproyecto de Ley de Convivencia Universitaria. El siguiente paso es comenzar su tramitación parlamentaria.
Este anteproyecto de Ley, que sustituye un decreto franquista de 1954, ya fue presentado el pasado 25 de mayo. Esta Ley de Convivencia Universitaria sustituye al Reglamento de disciplina académica de los Centros oficiales de Enseñanza Superior y de Enseñanza Técnica, decreto firmado por Franco en 1954. Una ley que califican desde Universidades como "anticonstitucional" y "anacrónica".
Además, aseguran que el decreto tenía un claro "carácter punitivo", al incluir sanciones "desproporcionadas" y no recoger "garantías básicas de los derechos de los estudiantes ante las faltas y sanciones que se estipulaban".
Faltas graves
El documento aprobado en mayo considera como falta muy grave las novatadas, el plagio de Trabajos de Fin de Grado, de Máster o Tesis Doctoral, o el acoso y acoso sexual, castigando a los infractores con la expulsión de la universidad de entre dos meses y tres años o la pérdida de derechos de matrícula parcial durante un curso académico.
La discriminación, la falsificación documental, el incumplimiento de las normas de salud pública, la suplantación a un miembro de la comunidad universitaria, o impedir el correcto desarrollo de los procesos electorales de la universidad, también son consideradas faltas muy graves.
Según el borrador del anteproyecto, se consideran faltas graves las siguientes acciones:
- Apoderarse indebidamente del contenido de exámenes
- Deteriorar gravemente las obras que componen el patrimonio de la universidad
- Utilizar indebidamente contenidos y/o medios de reproducción y grabación de las actividades universitarias sujetas a derechos de propiedad intelectual.
- Incumplir las normas de seguridad y salud
- Acceder sin la debida autorización a los sistemas informáticos de la universidad
- Falsear los resultados de un examen o trabajo
- Impedir la celebración de actividades universitarias. Escrache o boicot a un acto universitario será falta grave, pero los casos se tendrán que valorar de manera individual.
Sanción por falta grave
La sanción por cometer una falta grave sería la expulsión de hasta un mes de la universidad en la que se hubiera cometido la falta, no pudiéndose aplicar esta expulsión durante los periodos de evaluación y de matriculación, o bien se sancionará con la pérdida de derechos de matrícula durante un curso académico de la asignatura en la que se hubiera cometido el fraude.
Falta leve
Las faltas leves recogidas serán las siguientes:
- Acceder a instalaciones universitarias a las que no se esté autorizado
- Copiar el contenido de exámenes a través de medios fraudulentos que no tengan la consideración de graves o muy graves
- utilizar los servicios universitarios incumpliendo los requisitos establecidos.
- Realizar actos que deterioren de forma no grave el patrimonio de la universidad, siendo la sanción una "amonestación privada"
La prescripción por las faltas muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses. Las sanciones prescribirán a los tres años, a los dos y al año, según sea falta muy grave, faltas grave y por falta leve.
Solo aplicable a estudiantes
Esta ley será solo aplicable a los alumnos universitarios de centros públicos. El borrador de la ley, explicaba en mayo que las universidades privadas podrán desarrollar sus normas de convivencia con base en los principios de la ley.
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Creación de Comisión de Convivencia
Esta Comisión estará formada por estudiantes, Personal Docente e Investigador (PDI) y Personal de Administración y Servicios (PAS) y será la encargada de canalizar las iniciativas y propuestas para mejorar la convivencia en la universidad, promover la utilización del mecanismo de mediación y, en aquellos casos en que resulte procedente, tramitar el procedimiento de mediación como alternativa al régimen sancionador.
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