Elecciones vascas
Guía para el voto por correo en las elecciones del País Vasco: plazos, límites y preguntas frecuentes
Consulta hasta cuándo puedes emitir tu voto por correo para las elecciones vascas.
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Los vascos tienen una cita clave el próximo domingo 21 de abril. Guipúzcoa, Vizcaya y Álava elegirán a los nuevos representantes del gobierno autonómico. El censo para votar en las elecciones en el País Vasco 2024 asciende a 1.795.206 electores.
En total, 75 parlamentarios entre las tres regiones (25 por cada circunscripción, independientemente de la población). El sistema electoral vasco es el único sistema autonómico en el que no se tiene en cuenta la población para repartir proporcionalmente los escaños, una excepción que responde a motivos históricos y políticos.
En estas nuevas elecciones se sumarán 75.634 jóvenes que no votaron en las elecciones al parlamento vasco de 2020. Como el resto de electores, podrán optar por hacerlo de forma presencial en los colegios electorales o enviar el voto por correo.
En los comicios de 2020 hubo récord de solicitudes aceptadas de voto por correo. Una cita marcada por la pandemia de coronavirus y celebrada en julio.
Cómo votar por correo en las elecciones vascas
El plazo para solicitar el voto por correo se cerró el pasado 11 de abril. Además, las personas que lo han solicitado podrán seguir el estado de su voto de forma telemática en la web de correos (www.correos.es).
Una vez presentada la solicitud para votar por correo no se podrá ir a votar a la mesa electoral el día de las Elecciones autonómicas al Parlamento del País Vasco.
Una vez que se ha comprobado la inscripción del solicitando en el Censo Electoral, se procede al envío de la documentación electoral (certificado de inscripción en el censo, sobres y papeletas de todas las candidaturas) a la dirección indicada en la solicitud realizada. Los envíos se están llevado a cabo desde el 2 de abril.
El cartero de Correos realizará hasta dos intentos de entrega en mano al destinatario. Si no es posible, dejará un aviso para que vaya a recogerla a la oficina más cercana. Para realizar la entrega, se comprobará la identidad con el DNI. El solicitante deberá firmar para confirmar que ha recibido el sobre.
Plazos para votar por correo
El plazo límite para que el solicitante vote por correo en el País Vasco es el jueves 18 de abril. Puede acudir a votar a cualquier oficina de Correos en toda España, en su horario de apertura habitual.
De acuerdo con las instrucciones de la Junta Electoral Central, se exige la entrega de la documentación necesaria para ejercer el voto por correo. Es decir, el personal de Correos que se encuentre trabajando en la oficina le pedirá el DNI u otro documento identificativo oficial.
- Residentes en País Vasco o temporales en el Estado: recibirá las papeletas para ir a votar entre el 1 y el 14 de abril. El último día será el 17 de abril.
- Residentes temporalmente en el extranjero: deberá inscribirse como 'no residente' en el Registro de Matrícula Consular. Se enviará la documentación electoral entre el 26 de marzo y el 17 de abril.
- Residentes permanentes en el extranjero: entre el 16 al 22 de marzo recibirán por correo la documentación necesaria para votar, a excepción, de las papeletas. Del 27 al 31 de marzo recibirán por correo ordinario las papeletas. Puede enviar el voto hasta el 16 de abril o depositarlo en la urna de su Consulado entre el 13 y 18 de abril.
¿Cómo envío mi voto por correo si vivo en España?
La Oficina del Censo Electoral enviará al domicilio que has indicado en la solicitud la siguiente documentación para que puedas votar (hoja de instrucciones, papeletas de votación, sobre de votación, certificado de inscripción en el censo electoral, sobre con la mención 'Sr. Presidente o Sra. Presidenta de la Mesa Electoral').
Una vez recogida esta documentación:
- Elegir la papeleta de la candidatura por la que quieras votar.
- Introducir la papeleta en el sobre de votación y cerrarlo.
- Introducir en el sobre dirigido a la presidencia de la mesa electoral que te corresponde: el sobre de votación con la papeleta, el certificado de inscripción en el censo electoral.
- Cerrar el sobre y enviarlo a la mesa electoral.
- Ir a una oficina de correos y enviar el sobre por correo certificado y urgente. El último día de plazo para enviarlo es el 18 de abril.
En el caso de vascos residentes en el extranjero (el voto CERA), el elector deberá enviar el sobre personalmente y por correo certificado a la oficina consular o sección consular. El último día de plazo para el envío es el 16 de abril.
Si opta por votar en urna, debes depositar personalmente tu voto, del 13 al 18 de abril, en la oficina o sección consular en la que estés inscrito o en los lugares que se habiliten.
¿Qué pasa si no puedo acudir a votar a Correos?
En el caso de que no pueda acudir a votar, podrá hacerlo otra persona. Pero para ello requerirá de una autorización.
"Las personas que solicitaron el voto por correo pero no puedan acudir personalmente a la oficina de Correos para depositar el voto, deberán otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona en su nombre", explica Correos.
La autorización deberá ser firmada por el elector y adjuntar una fotocopia del DNI. También se añadirá la fotocopia del DNI de la persona a la que autoriza.
El personal de Correos no aceptará la entrega de documentación electoral perteneciente a otro elector si no se acompaña de la correspondiente autorización firmada.
Desde Correos se reforzará la atención a los ciudadanos en su red de 2.388 oficinas en toda España, especialmente, en las 120 oficinas del País Vasco. Y se podrán habilitar ventanillas exclusivas para elecciones si la afluencia lo requiere. Además, Correos formalizará más de 300 contratos de refuerzo en toda España.
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