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CASO NÓOS

La Infanta Cristina se limitó a firmar "sin pedir explicaciones", según sus abogados

La Infanta Cristina "se limitó a rubricar sin pedir explicaciones aquellos escritos que, muy ocasionalmente, se le solicitó que firmar en su condición de socio" de la compañía Aizoon, propiedad a medias con su marido, Iñaki Urdangarin, según su escrito de defensa.

La Infanta Cristina "se limitó a rubricar sin pedir explicaciones aquellos escritos que, muy ocasionalmente, se le solicitó que firmar en su condición de socio" de la compañía Aizoon, propiedad a medias con su marido, Iñaki Urdangarin, según su escrito de defensa previa al juicio al que ha tenido acceso Europa Press.

"Desde el día de su constitución el único administrador de Aizoon fue Don Iñaki Urdangarin, estando completamente al margen de la dirección y gestión cotidiana de la compañía" la Infanta, sostienen sus letrados, Miquel Roca y Jesús María Silva, en la calificación provisional presentada este miércoles ante el Juzgado de Instrucción 3 de Palma, en el que han pedido su libre absolución.

Rechazan así el presunto papel de la hermana menor del Rey como colaboradora necesaria en un presunto fraude del IRPF en 2007 y 2008 --dos supuestos delitos fiscales-- a través de esta empresa: "No tuvo absolutamente ninguna intervención en el cumplimiento de las obligaciones contables y fiscales de Aizoon", y descartan también que el Duque cometiese delito en estos ejercicios.

"Dado que la confianza entre los cónyuges era plena, nunca se celebraron formalmente juntas de socios", argumenta la defensa, que recuerda que el matrimonio constituyó esta sociedad ante notario el 11 de febrero de 2003, con el fin de destinarla a realizar planes estratégicos, dirección de proyectos y compra-venta de inmuebles.

Sostienen que es totalmente inusual en estos delitos inculpar a un mero socio de una sociedad supuestamente defraudadora y recuerdan la incapacidad tanto del juez del caso Nóos, José Castro, como de las acusaciones de "citar un solo precedente en el que se haya condenado a un simple socio (no administrador ni apoderado) por un delito fiscal cometido por la compañía".

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