Joaquim Forn

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Recuerda que el acercamiento de presos es competencia del Gobierno

El juez Llarena concluirá el sumario del 'procés' con algunas citaciones finales como la de Forn

El magistrado, paralelamente, ha dictado un auto en el que niega al ex vicepresident de la Generalitat Oriol Junqueras, a la ex presidenta del Parlament Carme Forcadell, y al ex conseller Raül Romeva, la salida en libertad provisional.

El juez del caso abierto por el 'procés' en el Supremo, Pablo Llarena, ha dado un último paso antes de concluir este sumario y ha concedido a las acusaciones y defensas un plazo de tres días para que le hagan las solicitudes que crean oportunas, antes de cerrar su investigación. Antes de cerrar el sumario, el juez ha acordado algunas últimas citaciones y, así, ha llamado para el 26 de junio a las 09:30 horas a Joaquim Forn, ex conseller de Interior. Lo ha hecho a petición de éste, quien quiere declarar en contra de algunos de los hechos en los que se basa la decisión de prisión preventiva para él acordada por el magistrado.

Fuentes del alto tribunal interpretan que, con el escrito de este jueves en el cual el magistrado asume que se han practicado todas las diligencias acordadas, aunque "sin perjuicio de las que hayan de practicarse en función de los escritos presentados", está dando un último paso antes de dar por concluido el sumario. En todo caso, en su escrito el magistrado le da a las partes tres días para que soliciten lo que sea necesario y, además de citar a Forn, acuerda otra resolución, como ha sido citar a seis testigos para el mismo 26 de junio, a petición del ex vicepresident Oriol Junqueras y el ex conseller Raúl Romeva.

Los testigos citados, que comparecerán el mismo 26 de junio, a partir de las 10:00 horas, son los periodistas Xevi Xirgo Teixidor (director del Punt-Avui) y Nuria Llorach (vicepresidenta en funciones de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales), además de otras cuatro personas: Olga Solanas, Fernando Boloix, Jaime Planas y Francisco Fuentes.

Llarena recuerda que el acercamiento de presos es competencia del Gobierno

Por otra parte, Llarena ha recordado que la competencia sobre los acercamientos de presos preventivos, como es el caso de los imputados por este asunto, no es competencia suya, sino de Instituciones Penitenciarias, es decir, del Gobierno. El magistrado ha dictado otro auto en el que niega al ex vicepresident de la Generalitat Oriol Junqueras, a la ex presidenta del Parlament Carme Forcadell, y al ex conseller Raül Romeva, la salida en libertad provisional. Pero además, en el mismo auto, Llarena afirma, a partir de legislación y jurisprudencia diversa, que no es su competencia la decisión sobre acercar a Cataluña a éstos y a otros presos preventivos encarcelados por esta causa.

Llarena recuerda la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), el Reglamento Penitenciario, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y la del Tribunal Supremo para explicar que quien tiene esta competencia es la Dirección General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio de Interior, es decir, el Gobierno. En el mismo auto el magistrado acuerda dejar sin efecto las medidas cautelares personales acordadas en relación a los procesados por desobediencia, una decisión que deja sin medidas de control a los exmiembros de la Mesa del Parlament Anna Simó, Lluís Corominas, Lluís Guinó y Ramona Barrufet.

En cuanto a la negativa de la salida en libertad para Junqueras, Forcadell y Romeva, los tres procesados habían solicitado su libertad o, subsidiariamente, el establecimiento de una medida cautelar menos gravosa, señalando en sus escritos la necesidad de su traslado a una prisión lo más cercana a su domicilio por razones personales y familiares. En síntesis, destacaban la nueva situación creada en Cataluña tras haberse constituido el gobierno autonómico y detallaban los perjuicios sufridos por su entorno familiar debido a la distancia existente entre el centro penitenciario y su lugar de residencia.

Llarena, que señala al Gobierno en cuanto al traslado, ya se ha negado en repetidas ocasiones a dejar en libertad a los imputados en este caso. Ahora, reincide en los argumentos que ya ha esgrimido anteriormente, la existencia de riesgo de reiteración delictiva y, tras el procesamiento por graves delitos y ante la fuga de algunos de los encausados, el peligro de fuga. Así, el juez indica que el riesgo de reiteración delictiva no se ha conjurado por el hecho de que estos tres procesados no participen en el nuevo gobierno autonómico que se ha constituido en Cataluña. Y, en relación con el riesgo de fuga, considera que esta tentación aumenta ante una pena de intenso gravamen y más a medida que se aproxima el juicio. Además, añade que otros siete copartícipes de los hechos investigados han optado por la evasión a diferentes países de Europa "sin que la cooperación judicial internacional haya restablecido el perjuicio que su actitud ha supuesto para el desarrollo del proceso".

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